Ayudas de formación para empadronados en Escatrón
Ayuda de hasta 800€ para formación de empadronados menores de 35 en Escatrón
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Escatrón para financiar la formación de las personas empadronadas en el municipio.
- Para quién
- Vecinos empadronados en Escatrón que quieren financiar sus estudios o su formación.
- Cuánto
- Hasta 800€ por beneficiario, contando todas las ayudas municipales recibidas durante el curso 2025-2026.
- Qué cubre
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- Estudios reglados: universidad, ciclos formativos, enseñanzas superiores, máster o idiomas
- Formación complementaria, especialización y recualificación profesional
- Preparación de oposiciones, certificaciones y formación en competencias digitales
- Requisitos
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- Estás empadronado en Escatrón desde septiembre de 2025
- Tienes menos de 35 años en el momento de la solicitud
- Has finalizado o estás cursando estudios universitarios, formación profesional, enseñanzas superiores o máster
- No tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Escatrón
- Otras ayudas para la misma formación no superan el 80% de su coste
- No has recibido ya los 800€ máximos en la convocatoria ordinaria de estudiantes
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica con facturas y documentos los gastos de la formación subvencionada
- Si te falta algún justificante al solicitar, preséntalo antes del 15 de septiembre de 2026
- Subsana tu solicitud en 10 días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere
- Asegúrate de que el total de ayudas recibidas no supere los 800€ ni el 80% del coste
- Cuándo
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- Abre: 27 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 16 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Escatrón desde septiembre de 2025
- Tienes menos de 35 años
- Estás cursando o has terminado estudios reglados o formación profesional
- Quieres financiar oposiciones o cursos de especialización
- Buscas mejorar tu empleabilidad con formación complementaria
- Tienes 35 años o más
- No estás empadronado en Escatrón desde septiembre de 2025
- Ya recibiste los 800€ máximos en la convocatoria ordinaria de estudiantes
- Otras ayudas para la misma formación superan el 80% de su coste
- Mantienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Escatrón
Cuánto puedes recibir
Recibes una ayuda de hasta 800€ para cubrir los gastos de tu formación. Ese tope tiene en cuenta todas las ayudas municipales que hayas percibido durante el curso 2025-2026, y la suma de esta y otras ayudas no puede superar el 80% del coste de la actividad. El pago se realiza una vez que acreditas los gastos.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne tu DNI, los justificantes de matrícula y gastos, el empadronamiento y el certificado bancario
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Cumplimenta la solicitud (Anexo I) junto con las declaraciones responsable y jurada (Anexos II y III)
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Presenta la solicitud en el registro del Ayuntamiento de Escatrón o en su sede electrónica
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Hazlo dentro de los 20 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada (Anexo I)
- DNI o NIE de la persona solicitante
- Documentación acreditativa de la actividad formativa (matrícula o inscripción)
- Justificantes de los gastos
- Certificado o volante de empadronamiento colectivo desde septiembre de 2025
- Declaración responsable de estar al corriente de deudas (Anexo II)
- Declaración jurada sobre otras subvenciones o becas (Anexo III)
- Certificado de titularidad bancaria
- Título oficial o certificado académico que acredite la finalización de los estudios