Ayudas a mercados municipales y galerías de Madrid
Subvención del 50% del importe, con un máximo de 60.000€, para modernizar mercados
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia para reformar y modernizar mercados municipales y galerías de alimentación en municipios de Madrid
- Para quién
- Asociaciones de comerciantes, entidades privadas, comunidades de propietarios y pymes que gestionen mercados o galerías de alimentación
- Cuánto
- El 50% del importe presentado (impuestos excluidos), con un máximo de 60.000€ de ayuda por beneficiario
- Qué cubre
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- Reforma y rehabilitación de mercados municipales y galerías comerciales
- Adquisición de equipamientos comerciales y tecnológicos para modernizar sus estructuras
- Incorporación de nuevas tecnologías y transformación del comercio
- Requisitos
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- Gestionas un mercado municipal o una galería de alimentación en un municipio de menos de 250.000 habitantes
- Tienes domicilio y desarrollas tu actividad en la Comunidad de Madrid
- Dispones de representación mayoritaria de los comerciantes del mercado o galería objeto de la inversión
- Si eres entidad privada, eres autónomo o pyme: menos de 250 personas y volumen de negocio anual de hasta 50 millones de euros o balance de hasta 43 millones
- Si gestionas un mercado en régimen de concesión, no tienes deudas en vía de apremio derivadas del canon concesional
- Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta las inversiones entre el 1 de mayo de 2025 y el 15 de septiembre de 2026
- Realiza el pago material de las acciones como fecha límite el 30 de septiembre de 2026
- Presenta la documentación justificativa hasta el 30 de septiembre de 2026 inclusive
- Finaliza el proyecto aprobado y consigue los objetivos previstos en él
- Permite la comprobación material de la inversión por la administración
- Justifica los gastos realizados en las inversiones aprobadas
- Cuándo
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- Abre: 25 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 15 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Gestionas un mercado municipal o una galería de alimentación en la Comunidad de Madrid
- Eres una asociación de comerciantes titular de la concesión de un mercado municipal
- Tu pyme o comunidad de bienes gestiona una galería de alimentación
- Vas a reformar, rehabilitar o equipar el mercado o la galería
- Tu mercado o galería está en un municipio de menos de 250.000 habitantes
- Tienes domicilio y desarrollas tu actividad en la Comunidad de Madrid
- Tu mercado o galería está en un municipio de 250.000 habitantes o más
- Tu empresa tiene 250 trabajadores o más
- Tu volumen de negocio anual supera los 50 millones de euros y tu balance supera los 43 millones
- Has recibido más de 300.000€ en ayudas de minimis en los últimos tres años
- No tienes domicilio ni desarrollas tu actividad en la Comunidad de Madrid
Cuánto puedes recibir
Recibes el 50% del importe que presentes por los gastos e inversiones subvencionables (impuestos excluidos), una vez la administración acepta ese importe. La ayuda tiene un límite máximo de 60.000€ por beneficiario.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación de tu entidad y la memoria económica del proyecto
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Cumplimenta el formulario de solicitud con las declaraciones responsables firmadas electrónicamente
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Presenta la solicitud en los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria
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Espera la resolución, que se dictará en un plazo máximo de seis meses
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Si te conceden la ayuda, ejecuta el proyecto y presenta la justificación de las inversiones
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud con los modelos de declaraciones responsables y de descripción del proyecto
- Acreditación de la capacidad legal del representante o de la autorización para presentar la solicitud
- Escritura o acta fundacional y estatutos actualizados de la entidad, inscritos en el registro correspondiente
- Certificaciones del secretario sobre el acuerdo de solicitar la ayuda y el carácter mayoritario de la representación
- Acreditación de no tener deudas del canon concesional, en el caso de entidades concesionarias de mercados
- Autorización del titular de la concesión o del responsable de la gestión municipal, cuando sea necesaria
- Acuerdo de aprobación del proyecto, en el caso de comunidades de propietarios o de bienes de galerías
- Informe de Trabajadores en Alta de la Seguridad Social e Impuesto de Sociedades del último ejercicio, en el caso de pymes
- Certificado del plan de prevención de riesgos laborales vigente o declaración responsable de exención
- Memoria económica financiera detallada de las acciones e inversiones
- Presupuesto desglosado del proyecto de inversión o facturas proforma
- Informe favorable del ayuntamiento, cuando el proyecto se refiera a un mercado municipal
- Certificados de estar al corriente con Hacienda del Estado y con la Seguridad Social