Subvenciones para autónomos de Madrid 2026
Subvenciones de 2.500€, 5.000€ o 10.000€ para autónomos según la línea
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Madrid para apoyar la actividad de los trabajadores autónomos
- Para quién
- Autónomos de Madrid, además de comunidades de bienes, sociedades civiles y sociedades unipersonales en el RETA
- Cuánto
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- Importe fijo por beneficiario según la línea a la que te presentes
En creación de empleo, si la diferencia entre plantillas medias es menor a una unidad, el importe se calcula multiplicando esa diferencia, con un decimal, por 5.000€.Línea Importe Relevo generacional 10.000€ Creación de empleo Hasta 5.000€ Nueva alta en el RETA 2.500€
- Importe fijo por beneficiario según la línea a la que te presentes
- Qué cubre
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- Apoyo al mantenimiento y la sostenibilidad de tu actividad como autónomo
- Continuidad de un negocio traspasado en el mismo local
- Creación de empleo y nuevas altas en el RETA
- Requisitos
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- Estar afiliado al RETA y tener tu domicilio fiscal o tu actividad en el municipio de Madrid
- No haber sido beneficiario de la convocatoria de ayudas a autónomos de 2025
- Estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Madrid
- Para relevo generacional: haber realizado el traspaso del negocio durante 2025, manteniéndolo en el mismo local
- Para creación de empleo: estar de alta en el RETA desde 2024 o antes y haber aumentado tu plantilla media en 2025 frente a 2024 en al menos 0,3, con al menos un contrato indefinido firmado en 2025 que siga vigente en enero de 2026
- Para nueva alta: haberte dado de alta en el RETA en 2025 sin haberlo estado en los cinco años anteriores
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Someterte a las actuaciones de comprobación y control que realicen el Ayuntamiento de Madrid y los órganos de control
- Aportar la información que te requieran durante esas comprobaciones
- Dar publicidad al carácter público de la ayuda con un cartel de tamaño mínimo A4 a la entrada del local cuando sea posible
- Devolver la ayuda, total o parcialmente, si incumples las condiciones o falseas los datos
- Comunicar las demás ayudas o subvenciones que solicites u obtengas, en especial las de mínimos
- Cuándo
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- Abre: 25 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 14 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres autónomo y tu actividad está en el municipio de Madrid
- Has continuado un negocio traspasado por jubilación, incapacidad o fallecimiento
- Has creado empleo neto en 2025 con al menos un contrato indefinido
- Te diste de alta como autónomo en 2025 por primera vez en cinco años
- Eres una comunidad de bienes o sociedad civil que ha asumido un relevo
- Recibiste esta misma ayuda a autónomos en la convocatoria de 2025
- Tu domicilio fiscal y tu actividad están fuera del municipio de Madrid
- Estás afiliado al RETA como familiar colaborador del titular del negocio
- Tienes deudas pendientes con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento de Madrid
- Te diste de alta en el RETA en algún momento de los cinco años anteriores
Cuánto puedes recibir
Recibes un importe fijo según la línea: 10.000€ por relevo generacional, hasta 5.000€ por creación de empleo y 2.500€ por nueva alta en el RETA. En la línea de creación de empleo, si la diferencia entre tus plantillas medias de 2025 y 2024 es menor a una unidad, el importe se calcula multiplicando esa diferencia, con un decimal, por 5.000€. El pago se realiza por transferencia bancaria a la cuenta que indiques en la solicitud.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que acredita tu situación según la línea a la que te presentes
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Cumplimenta el modelo de solicitud disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid
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Presenta la solicitud de forma electrónica o de forma presencial en el registro de la Cámara de Comercio de Madrid o del Ayuntamiento de Madrid
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Si tu documentación está incompleta, subsana los defectos en el plazo de diez días hábiles que se te indique
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Espera la propuesta de resolución y comunica tu aceptación o renuncia en los cinco días hábiles siguientes a su publicación
Documentación necesaria
- Informe de vida laboral del solicitante
- Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Tributaria
- Certificados de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Madrid
- Documento T de domiciliación bancaria con el certificado de titularidad de la cuenta
- Declaraciones responsables de no estar incurso en prohibiciones, de estar al corriente de reintegros y de no tener subvenciones pendientes de justificar
- Para relevo generacional: contrato o escritura de constitución de la entidad, contrato que certifique el cambio de titularidad suscrito en 2025 y justificante del cambio de titularidad de la licencia
- Para creación de empleo: informes de plantilla media de 2024 y 2025, copia del contrato indefinido y relación nominal de trabajadores de enero de 2026
- Para nueva alta: documentación que acredite que la actividad se desarrolla en un local, en su caso