Ayuda a bares de Segovia para un menú Km.0
Hasta 2.000€ por establecimiento de hostelería para elaborar un menú Km.0, plazo hasta el 3 de agosto de 2026.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación de Segovia para que la hostelería elabore un menú Km.0
- Para quién
- Establecimientos de hostelería y restauración inscritos en la marca Alimentos de Segovia
- Cuánto
- Hasta 2.000€ por establecimiento, según la puntuación obtenida y hasta agotar el crédito disponible.
- Qué cubre
- Compra de productos de la marca Alimentos de Segovia para elaborar el menú Km.0
- Requisitos
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- Tener un establecimiento de hostelería o restauración legalmente constituido
- Estar inscrito en el Registro de la marca Alimentos de Segovia
- Incluir al menos cuatro productos de la marca en el menú: una bebida, uno en el primer plato, otro en el segundo y otro en el postre
- Ofrecer el menú Km.0 en tu carta durante 12 meses desde la concesión
- Mostrar el menú en tu web o redes sociales y físicamente en el local, con el logotipo de Alimentos de Segovia
- Estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la Diputación de Segovia
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ofrecer el menú Km.0 como parte de tu carta durante 12 meses desde la concesión, separado del resto de la oferta
- Hacerlo efectivo en los dos meses siguientes a la resolución de la ayuda
- Incluir el logotipo de la marca Alimentos de Segovia en los materiales y canales de promoción del menú
- Justificar la ayuda con facturas y comprobantes de pago antes del 31 de octubre de 2026
- Destinar la subvención a la compra de productos para el menú Km.0
- Someterte a las visitas y controles de comprobación de la Diputación durante el periodo de obligatoriedad
- Cuándo
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- Abre: 2 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 3 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes un establecimiento de hostelería o restauración legalmente constituido
- Tu negocio está inscrito en el Registro de la marca Alimentos de Segovia
- Vas a elaborar y ofrecer un menú Km.0 con productos de la marca
- Puedes mantener ese menú en tu carta durante 12 meses
- Tu establecimiento está en la provincia de Segovia
- Tu negocio no está inscrito en la marca Alimentos de Segovia
- No vas a incluir al menos cuatro productos de la marca en el menú
- No puedes mantener el menú en tu carta durante 12 meses
- No estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social o la Diputación de Segovia
Cuánto puedes recibir
Recibes hasta 2.000€ como máximo por establecimiento. El importe se reparte según la puntuación que obtengas frente al resto de solicitantes, y se paga tras justificar el gasto con facturas y comprobantes. Si justificas menos de lo concedido, solo cobras la parte justificada.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu negocio está inscrito en la marca Alimentos de Segovia
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Prepara el menú Km.0 con al menos cuatro productos de la marca y rellena el Anexo I describiéndolo
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Presenta una única solicitud en la sede electrónica de la Diputación de Segovia
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Espera la resolución, que se dicta en un plazo máximo de tres meses desde el fin del plazo
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Pon en marcha el menú y justifica el gasto antes del 31 de octubre de 2026
Documentación necesaria
- Menú Km.0 con la descripción detallada (Anexo I)