Ayuda para estudios de música en Enériz
Ayuda del 50% del curso de música para menores de 16 años de Enériz
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Enériz para financiar estudios en escuelas de música públicas.
- Para quién
- Menores de 16 años empadronados en Enériz que estudian en una escuela de música pública, solicitada por su padre, madre o tutor.
- Cuánto
- El 50% del importe del curso 2025-2026 por persona beneficiaria, hasta agotar el crédito disponible
- Qué cubre
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- La matrícula y la docencia del curso 2025-2026 en la escuela de música
- No cubre la compra de instrumentos, material didáctico ni transporte
- Requisitos
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- Estar empadronado en Enériz a 1 de enero de 2025 y seguir empadronado al finalizar el curso
- Ser menor de 16 años a 31 de diciembre de 2026
- Estar matriculado en una escuela de música pública durante todo el curso
- Acreditar una asistencia mínima del 75% de las sesiones
- No recibir otras ayudas que, juntas, superen el coste del curso
- El padre, madre o tutor debe estar al corriente de los pagos con el Ayuntamiento
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Quedar a disposición del Ayuntamiento para cualquier comprobación o aclaración sobre los datos de tu solicitud
- Aportar la información complementaria que el Ayuntamiento te requiera
- Devolver la ayuda si incumples las bases de la convocatoria
- Cuándo
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- Abre: 15 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 14 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Enériz desde el 1 de enero de 2025
- Eres menor de 16 años a 31 de diciembre de 2026
- Estás matriculado en una escuela de música pública este curso
- Has asistido al menos al 75% de las clases del curso
- Eres padre, madre o tutor legal del alumno menor
- El alumno no está empadronado en Enériz desde enero de 2025
- El alumno cumple 16 años antes del 31 de diciembre de 2026
- Estudias en una escuela de música que no es pública
- Tu asistencia al curso es inferior al 75%
- Recibes otras ayudas que superan el coste del curso
Cuánto puedes recibir
Recibes una ayuda equivalente al 50% del importe del curso de música 2025-2026 por persona beneficiaria. La cuantía se concede hasta agotar el crédito disponible: si el total de ayudas solicitadas supera ese límite, el importe de cada persona se reduce de forma proporcional. El abono se hace en tu cuenta bancaria en el plazo máximo de un mes desde la resolución definitiva.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación: matrícula, justificante de pago y certificado de asistencia de la escuela de música
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Cumplimenta la instancia oficial del anexo I
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento, de forma presencial o en la sede electrónica
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Espera la resolución de Alcaldía y el abono de la ayuda en tu cuenta
Documentación necesaria
- Instancia cumplimentada según modelo oficial (Anexo I)
- Justificante de la matrícula expedido por el centro para el curso 2025-2026
- Justificante de pago de la matrícula y cuotas en la escuela de música
- Certificado de asistencia de la escuela acreditando al menos el 75% de las sesiones
- Certificado o justificante bancario de la cuenta donde ingresar la ayuda, de la que debes ser titular o cotitular
- Declaración responsable de no haber obtenido otras ayudas o, si las hay, de que no superan el coste de la actividad