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Ayudas Claras
Subvenciones Eivissa y Formentera Prestaciones
Prestaciones Eivissa y Formentera Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones de la isla de Ibiza

Ayudas a asociaciones de Ibiza, hasta 6.500€ por entidad según la línea solicitada.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Consell Insular de Ibiza para fomentar el asociacionismo y el voluntariado en la isla.
Para quién
Asociaciones sin ánimo de lucro de Ibiza: de vecinos, de inmigrantes, regionales y casas regionales, de voluntariado y otras.
Cuánto
  • El importe máximo por entidad depende de la línea a la que te presentes (o la cantidad solicitada si es inferior).
    LíneaMáximo por entidad
    Asociaciones de vecinos6.500€
    Asociaciones de inmigrantes4.500€
    Asociaciones regionales y casas regionales6.000€
    Asociaciones de voluntarios5.000€
    Otras asociaciones sin ánimo de lucro1.500€
    Recibes el importe máximo de tu línea o la cantidad que hayas solicitado, si esta es inferior.
Qué cubre
  • Actividades que fomentan la participación ciudadana en la vida social y cultural de la isla
  • Gastos de funcionamiento y mantenimiento de la asociación, incluida la gestoría
Requisitos
  • Tu asociación no tiene ánimo de lucro y realiza actividades para fomentar la participación
  • Está legalmente constituida conforme a la normativa del derecho de asociación
  • Está inscrita en el Registro de Asociaciones del Gobierno de las Illes Balears
  • Está inscrita en el Registro Insular de Entidades Ciudadanas del Consell Insular de Ibiza
  • Tiene su ámbito de actuación en la isla de Ibiza
  • Está al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y no tiene deudas con el Consell
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto o la actividad por la que se concede la ayuda, con las licencias y seguros necesarios
  • Justifica ante el Consell que has realizado la actividad y cumplido su finalidad
  • Comunica al Consell cualquier incidencia que altere el desarrollo de la actividad subvencionada
  • Comunica al Consell si solicitas u obtienes otras ayudas para la misma finalidad
  • Somete tu actividad a las comprobaciones e inspecciones que realice el Consell
  • Haz constar el apoyo del Consell en la publicidad de la actividad subvencionada
Cuándo
  • Abre: 27 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 17 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación no tiene ánimo de lucro y actúa en la isla de Ibiza
  • Eres una asociación de vecinos que organiza fiestas patronales o de barrio
  • Eres una asociación de inmigrantes que organiza actividades de integración
  • Eres una asociación regional o casa regional que difunde tradiciones culturales
  • Eres una entidad de voluntariado que desarrolla programas en la isla
  • Tu asociación está inscrita en el Registro Insular de Entidades Ciudadanas
  • Eres una administración pública
  • Tu entidad tiene finalidad lucrativa, comercial o mercantil
  • Eres un colegio profesional, una cooperativa o un sindicato
  • Eres una entidad deportiva, un club náutico o una asociación de padres de alumnos
  • Eres una entidad política o religiosa
  • Tu asociación no tiene su ámbito de actuación en la isla de Ibiza

Cuánto puedes recibir

El importe que recibes depende de la línea a la que te presentes: hasta 6.500€ las asociaciones de vecinos, 4.500€ las de inmigrantes, 6.000€ las regionales y casas regionales, 5.000€ las de voluntarios y 1.500€ las demás asociaciones; en todos los casos, si has solicitado menos, recibes la cantidad solicitada. Una comisión evaluadora puntúa las solicitudes y reparte la dotación de cada línea entre las entidades según la puntuación obtenida.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los estatutos, el NIF de la entidad y la documentación del representante legal

  2. Cumplimenta la solicitud (Anexo 1) firmada por el representante legal e indica la línea a la que te presentas

  3. Prepara el proyecto y el presupuesto de la actividad para la que pides la ayuda

  4. Presenta la solicitud y la documentación por medios electrónicos en la sede electrónica del Consell Insular de Ibiza

Documentación necesaria

  • Estatutos vigentes de la asociación inscritos en el Registro de Asociaciones de las Illes Balears
  • NIF de la entidad solicitante
  • Documentación acreditativa del nombramiento del representante legal y su NIF
  • Certificado del secretario sobre el número de socios y los miembros de la junta directiva (Anexo 5)
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, o autorización para que el Consell los obtenga (Anexo 2)
  • Declaración responsable de que reúnes los requisitos para ser beneficiario (Anexo 3)
  • Presupuesto detallado de ingresos y gastos de las actividades (Anexo 4)
  • Relación de actividades de participación ciudadana realizadas o a realizar (Anexo 6)
  • Solicitud de inscripción en el Registro Insular de Entidades Ciudadanas, si aún no estás inscrito (Anexo 7)
  • Proyecto para el que solicitas la subvención, firmado por el representante legal

Preguntas frecuentes

¿Cómo presento la solicitud?
Por medios electrónicos, en la sede electrónica del Consell Insular de Ibiza, dentro del plazo establecido.
¿Puedo pedir la ayuda si recibo otras subvenciones para la misma actividad?
Puedes, pero la suma de todos los ingresos para la actividad no puede superar su coste, y debes comunicar al Consell cualquier otra ayuda que solicites u obtengas.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene algún defecto?
El Consell publicará una lista de enmiendas y tendrás diez días hábiles para subsanarla; si no lo haces, se entenderá que desistes de la solicitud.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la ayuda?
El plazo máximo para presentar la documentación justificativa es hasta el 5 de noviembre de 2026, y las facturas deben corresponder al periodo entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.

Fuentes oficiales

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