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Ayudas Claras
Subvenciones Eivissa y Formentera Prestaciones
Prestaciones Eivissa y Formentera Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades juveniles y clubes náuticos de Ibiza

Subvenciones por concurrencia para entidades juveniles, clubes náuticos y eventos culturales en Ibiza.

Lo que significa

Qué es
Subvenciones por concurrencia competitiva del Consell Insular d'Eivissa para fomentar el asociacionismo juvenil y actividades para jóvenes de Ibiza.
Para quién
Entidades juveniles sin ánimo de lucro, escuelas de tiempo libre, clubes náuticos y personas que organizan conciertos o eventos culturales en Ibiza.
Cuánto
  • El importe máximo por entidad o evento depende de la modalidad solicitada.
    ModalidadImporte máximo individual
    A · Entidades juveniles (mantenimiento y actividades)8.000€ o la cantidad solicitada si es inferior
    B · Escuelas de tiempo libre (formación de educadores)15.000€ o la cantidad solicitada si es inferior
    C · Clubes náuticos (actividades en el medio marino)25.000€ o la cantidad solicitada si es inferior
    D · Conciertos y eventos culturales20.000€ por evento, máximo cuatro proyectos
Qué cubre
  • Alquiler de locales, desplazamientos, material fungible, autocares, personal técnico, seguros y publicidad de las actividades (modalidades A y B)
  • Personal técnico contratado, ropa deportiva y material fungible para actividades en el medio marino (modalidad C)
  • Organización y ejecución de conciertos y eventos culturales dirigidos a jóvenes (modalidad D)
Requisitos
  • Tu entidad o tú tenéis ámbito de actuación o residencia en la isla de Ibiza
  • Estás inscrito, o has solicitado la inscripción, en el censo insular o autonómico que corresponda a tu modalidad
  • Los clubes náuticos están inscritos en el Registro de Asociaciones Deportivas del Gobierno de las Islas Baleares
  • Estás al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social
  • No tienes ninguna deuda pendiente con el Consell Insular d'Eivissa
  • La actividad se realizó entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad subvencionada cumpliendo los requisitos que motivaron la concesión
  • Cuenta con las licencias, autorizaciones y seguros necesarios para la actividad
  • Comunica al Consell si solicitas u obtienes otras subvenciones para la misma finalidad
  • Conserva los documentos justificativos del uso de los fondos por si hay comprobaciones
  • Haz constar que la actividad está subvencionada por el Consell colocando su escudo en el material
  • Comprueba que los monitores y directores disponen del certificado de delitos de naturaleza sexual
Cuándo
  • Abre: 23 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad juvenil sin ánimo de lucro con actuación en la isla de Ibiza
  • Diriges una escuela de tiempo libre infantil y juvenil en Ibiza
  • Representas a un club náutico que hace actividades en el medio marino en Ibiza
  • Organizas conciertos o eventos culturales dirigidos a jóvenes en Ibiza
  • Estás inscrito en el censo de entidades juveniles o de escuelas de tiempo libre
  • Tu actividad se realizó entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026
  • Eres una entidad con ánimo de lucro
  • Eres un colegio o asociación profesional
  • Eres una entidad deportiva, aunque tengas sección juvenil
  • Eres una asociación de padres y madres de alumnos
  • Eres una entidad política o sindical, aunque tenga sección juvenil
  • Organizas eventos a través del Consell, ayuntamientos o centros educativos

Cuánto puedes recibir

El importe máximo que puedes recibir depende de tu modalidad: hasta 8.000€ las entidades juveniles, 15.000€ las escuelas de tiempo libre, 25.000€ los clubes náuticos y 20.000€ por evento en conciertos y actos culturales, o la cantidad solicitada si es inferior. La ayuda se reparte por concurrencia competitiva según la puntuación obtenida, así que la solicitud con más puntos recibe más cantidad. El pago se hace una vez finalizada y justificada toda la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba en qué modalidad encaja tu entidad o tu proyecto

  2. Reúne la instancia de solicitud y los anexos exigidos para tu modalidad

  3. Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa

  4. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de diez días hábiles

  5. Espera la propuesta de resolución provisional y comunica la aceptación de la ayuda

  6. Justifica la actividad presentando la cuenta justificativa antes del plazo establecido

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud indicando la línea de ayudas (Anexo I)
  • Certificado del secretario con antigüedad, número de socios y edades (Anexo II)
  • Memoria o proyecto de las actividades (Anexo III)
  • Presupuesto de ingresos y gastos de las actividades (Anexo IV)
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos y de otras ayudas solicitadas (Anexo V)
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y el Consell, o autorización para obtenerlos
  • Estatutos inscritos y NIF de la entidad, y documentación de la representación legal
  • Cuadro resumen (Anexo IX) y, según modalidad, los anexos VI, VII, VIII, X y XI

Preguntas frecuentes

¿Qué periodo de actividades cubre esta convocatoria?
Las actividades subvencionables son las realizadas entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026.
¿Cómo presento la solicitud?
Las solicitudes y toda la documentación se presentan por medios electrónicos en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa.
¿Cuántos proyectos puedo presentar para conciertos o eventos culturales?
En la modalidad D puedes presentar un máximo de cuatro proyectos por persona o entidad, pero nunca más de una persona o entidad por evento.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores?
Se publicará una lista de enmiendas y tendrás diez días hábiles para subsanar; si no lo haces, se considerará que desistes de tu petición.
¿Qué ocurre si no justifico todo el gasto previsto?
Si no justificas el 100% del gasto previsto, la ayuda se reduce de forma proporcional al gasto efectivamente justificado.

Fuentes oficiales

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