Ayudas para modernizar comercios e industria en Calatayud
Ayuda del Ayuntamiento de Calatayud para modernizar comercios, industrias y servicios del municipio.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Calatayud para financiar proyectos de mejora y modernización de actividades industriales, comerciales, de servicios y profesionales del municipio.
- Para quién
- Personas físicas o jurídicas, autónomos, comunidades de bienes y agrupaciones que ejerzan una actividad industrial, comercial, de servicios o profesional en Calatayud desde hace al menos dos años.
- Cuánto
- El 40% de la inversión justificada, con un máximo de 2.500 €. Si la actividad está ubicada en el Casco Histórico de Calatayud, hasta el 50% con un máximo de 3.000 €.
- Qué cubre
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- Acondicionamiento y reforma de locales, oficinas, naves e instalaciones de la actividad
- Maquinaria destinada a optimizar el proceso productivo
- Reforma de fachadas y escaparates y mejora de la imagen del establecimiento
- Eliminación de barreras arquitectónicas y mejora de la accesibilidad del local
- Sistemas de ahorro energético y medidas de seguridad
- Rótulos, toldos, iluminación, mobiliario y equipamiento comercial específico
- Equipos informáticos, software de gestión y páginas web para comercio electrónico
- Protección del nombre comercial, patentes y marcas
- Requisitos
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- Ejercer una actividad industrial, comercial, de servicios o profesional en Calatayud desde al menos dos años antes de la convocatoria
- No haber sido beneficiario de esta línea de ayudas en los dos años anteriores
- Haber realizado una inversión mínima de 3.000 € si la actividad está fuera del casco urbano, o de 1.500 € si está en el casco urbano (IVA excluido, salvo régimen de recargo de equivalencia)
- Realizar la inversión entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantener la actividad durante al menos 24 meses desde la concesión de la subvención
- Justificar la inversión con facturas y sus justificantes de pago (no se admiten pagos en efectivo ni facturas inferiores a 50 €)
- Presentar una memoria final de actuación y una memoria económica de la inversión
- Colocar en el establecimiento, en lugar visible, el cartel de la convocatoria
- Al terminar los 24 meses, acreditar la situación en el censo de actividades económicas
- Cuándo
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- Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes un comercio, industria, taller o actividad profesional o de servicios en Calatayud
- Llevas al menos dos años ejerciendo esa actividad en el municipio
- Vas a invertir en modernizar tu negocio (maquinaria, reformas, rótulos, eficiencia energética, digitalización…)
- Eres autónomo, empresa, comunidad de bienes o agrupación con actividad económica en Calatayud
- Tu actividad está fuera del término municipal de Calatayud
- Llevas menos de dos años ejerciendo la actividad en Calatayud
- Recibiste esta misma línea de ayuda del Ayuntamiento en alguno de los dos años anteriores
- Tu inversión es inferior al mínimo exigido (3.000 € fuera del casco urbano; 1.500 € en el casco urbano)
Cuánto puedes recibir
La subvención cubre el 40% de la inversión justificada, con un tope de 2.500 €. Si el negocio se ubica en el Casco Histórico de Calatayud, el porcentaje sube al 50% con un tope de 3.000 €. Se abona en un único pago tras justificar la actividad y es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que en conjunto no se supere el coste del proyecto.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu actividad lleva al menos dos años en Calatayud y que vas a invertir por encima del mínimo exigido
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Reúne las facturas de la inversión y sus justificantes de pago
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Cumplimenta el modelo de solicitud (Anexo I) y la declaración responsable (Anexo II)
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Presenta la solicitud entre el 1 y el 30 de septiembre de 2026, por registro electrónico o de forma presencial
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Aporta la memoria final de actuación y económica que justifica la inversión
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud (Anexo I)
- Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación
- Declaración responsable (Anexo II)
- Memoria final de actuación y económica (Anexo IV)
- Facturas de la inversión y sus justificantes de pago
- Ficha de terceros con los datos bancarios (Anexo III)
- Vida laboral de la empresa y documento de alta en el IAE
- Tres presupuestos alternativos en las inversiones que superen el límite que obliga a pedirlos