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Ayudas Claras
Subvenciones Zaragoza Comercio y turismo
Comercio y turismo Zaragoza Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para modernizar comercios e industria en Calatayud

Ayuda del Ayuntamiento de Calatayud para modernizar comercios, industrias y servicios del municipio.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Calatayud para financiar proyectos de mejora y modernización de actividades industriales, comerciales, de servicios y profesionales del municipio.
Para quién
Personas físicas o jurídicas, autónomos, comunidades de bienes y agrupaciones que ejerzan una actividad industrial, comercial, de servicios o profesional en Calatayud desde hace al menos dos años.
Cuánto
El 40% de la inversión justificada, con un máximo de 2.500 €. Si la actividad está ubicada en el Casco Histórico de Calatayud, hasta el 50% con un máximo de 3.000 €.
Qué cubre
  • Acondicionamiento y reforma de locales, oficinas, naves e instalaciones de la actividad
  • Maquinaria destinada a optimizar el proceso productivo
  • Reforma de fachadas y escaparates y mejora de la imagen del establecimiento
  • Eliminación de barreras arquitectónicas y mejora de la accesibilidad del local
  • Sistemas de ahorro energético y medidas de seguridad
  • Rótulos, toldos, iluminación, mobiliario y equipamiento comercial específico
  • Equipos informáticos, software de gestión y páginas web para comercio electrónico
  • Protección del nombre comercial, patentes y marcas
Requisitos
  • Ejercer una actividad industrial, comercial, de servicios o profesional en Calatayud desde al menos dos años antes de la convocatoria
  • No haber sido beneficiario de esta línea de ayudas en los dos años anteriores
  • Haber realizado una inversión mínima de 3.000 € si la actividad está fuera del casco urbano, o de 1.500 € si está en el casco urbano (IVA excluido, salvo régimen de recargo de equivalencia)
  • Realizar la inversión entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantener la actividad durante al menos 24 meses desde la concesión de la subvención
  • Justificar la inversión con facturas y sus justificantes de pago (no se admiten pagos en efectivo ni facturas inferiores a 50 €)
  • Presentar una memoria final de actuación y una memoria económica de la inversión
  • Colocar en el establecimiento, en lugar visible, el cartel de la convocatoria
  • Al terminar los 24 meses, acreditar la situación en el censo de actividades económicas
Cuándo
  • Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes un comercio, industria, taller o actividad profesional o de servicios en Calatayud
  • Llevas al menos dos años ejerciendo esa actividad en el municipio
  • Vas a invertir en modernizar tu negocio (maquinaria, reformas, rótulos, eficiencia energética, digitalización…)
  • Eres autónomo, empresa, comunidad de bienes o agrupación con actividad económica en Calatayud
  • Tu actividad está fuera del término municipal de Calatayud
  • Llevas menos de dos años ejerciendo la actividad en Calatayud
  • Recibiste esta misma línea de ayuda del Ayuntamiento en alguno de los dos años anteriores
  • Tu inversión es inferior al mínimo exigido (3.000 € fuera del casco urbano; 1.500 € en el casco urbano)

Cuánto puedes recibir

La subvención cubre el 40% de la inversión justificada, con un tope de 2.500 €. Si el negocio se ubica en el Casco Histórico de Calatayud, el porcentaje sube al 50% con un tope de 3.000 €. Se abona en un único pago tras justificar la actividad y es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que en conjunto no se supere el coste del proyecto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu actividad lleva al menos dos años en Calatayud y que vas a invertir por encima del mínimo exigido

  2. Reúne las facturas de la inversión y sus justificantes de pago

  3. Cumplimenta el modelo de solicitud (Anexo I) y la declaración responsable (Anexo II)

  4. Presenta la solicitud entre el 1 y el 30 de septiembre de 2026, por registro electrónico o de forma presencial

  5. Aporta la memoria final de actuación y económica que justifica la inversión

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud (Anexo I)
  • Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Memoria final de actuación y económica (Anexo IV)
  • Facturas de la inversión y sus justificantes de pago
  • Ficha de terceros con los datos bancarios (Anexo III)
  • Vida laboral de la empresa y documento de alta en el IAE
  • Tres presupuestos alternativos en las inversiones que superen el límite que obliga a pedirlos

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puedo recibir?
El 40% de la inversión justificada, hasta 2.500 €; o hasta el 50% con un máximo de 3.000 € si el negocio está en el Casco Histórico de Calatayud.
¿Qué inversión mínima necesito?
3.000 € si la actividad está fuera del casco urbano, o 1.500 € si está en el casco urbano (IVA excluido, salvo recargo de equivalencia).
¿Cuándo puedo presentar la solicitud?
Del 1 al 30 de septiembre de 2026.
¿Cuándo se cobra la ayuda?
En un único pago, después de justificar la inversión con las facturas y sus justificantes de pago.

Fuentes oficiales

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