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Ayudas Claras
AyudasSubvenciones Málaga Comercio y turismo
Comercio y turismo Málaga Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para jóvenes emprendedores en Alhaurín el Grande

Hasta 700€ por beneficiario para autónomos y microempresas jóvenes de Alhaurín.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande, en concurrencia no competitiva, para gastos de puesta en marcha de nuevos negocios.
Para quién
Autónomos y microempresas de nueva creación impulsadas por jóvenes emprendedores del municipio.
Cuánto
Hasta 700€ por beneficiario, sin superar el importe que justifiques con facturas.
Qué cubre
  • Gastos de constitución y puesta en marcha del negocio
  • Alquiler del local, suministros, equipamiento informático, mobiliario y maquinaria
  • Software, diseño web, marketing digital, seguros, gastos notariales y de imagen corporativa
Requisitos
  • Eres autónomo dado de alta o una microempresa (sociedad mercantil, civil o cooperativa)
  • Iniciaste tu actividad económica entre el 1 de enero de 2026 y el fin del plazo de solicitud
  • Tienes menos de 35 años al darte de alta como autónomo (menos de 40 en el sector primario)
  • Estás empadronado y tienes el domicilio fiscal y el centro de trabajo en Alhaurín el Grande
  • Estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento
  • En sociedades, al menos el 51% del capital pertenece a personas que cumplen el requisito de edad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén la actividad económica al menos doce meses desde la concesión
  • Justifica el gasto con facturas y sus justificantes de pago
  • Permite las comprobaciones e inspecciones del Ayuntamiento
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en tu situación
  • Conserva la documentación justificativa al menos cuatro años
  • Da publicidad al carácter público de la ayuda cuando sea exigible
Cuándo
  • Abre: 23 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 22 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres autónomo o tienes una microempresa de nueva creación
  • Tienes menos de 35 años (o menos de 40 en el sector primario)
  • Iniciaste tu actividad económica desde el 1 de enero de 2026
  • Estás empadronado en Alhaurín el Grande
  • Tu domicilio fiscal y centro de trabajo están en Alhaurín el Grande
  • Iniciaste tu actividad antes del 1 de enero de 2026
  • Tienes 35 años o más al darte de alta (40 o más en el sector primario)
  • No estás empadronado en Alhaurín el Grande
  • Tu actividad no se desarrolla en Alhaurín el Grande
  • En tu sociedad, menos del 51% del capital pertenece a personas que cumplen el requisito de edad

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 700€ por beneficiario, y nunca más de lo que justifiques con facturas. Lo normal es que cobres el 75% al concederte la ayuda y el 25% restante cuando justificas el gasto; en casos excepcionales puede abonarse el 100% por adelantado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que cumples los requisitos de edad, empadronamiento y alta de actividad

  2. Reúne la documentación: DNI o CIF, empadronamiento, alta como autónomo y certificados

  3. Cumplimenta el formulario de solicitud (instancia general)

  4. Preséntala en la sede electrónica con certificado digital o en los registros municipales del área de Desarrollo Económico

Documentación necesaria

  • DNI o CIF
  • Certificado de empadronamiento
  • Resolución o documento de alta en el RETA o mutualidad
  • Certificado de situación censal
  • Escritura de constitución y CIF, en el caso de sociedades
  • Declaración responsable de los trabajadores y modelos de alta en la Seguridad Social
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario
  • Declaración de las ayudas de minimis recibidas
  • Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y con Hacienda
  • Certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda Local
  • Declaración responsable del ámbito geográfico, si tu actividad es itinerante
  • Breve descripción de la actividad empresarial

Preguntas frecuentes

¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. Es compatible con otras subvenciones para la misma finalidad siempre que entre todas no superes el coste de la actividad y se respeten los límites del régimen de minimis.
¿Qué pasa si cierro el negocio antes de un año?
Tendrás que devolver la ayuda. Debes mantener la actividad al menos doce meses desde la concesión; si cierra antes, se inicia el procedimiento de reintegro.
¿Cómo se conceden las ayudas?
Por riguroso orden de presentación de las solicitudes completas, hasta agotar el crédito disponible. Es concurrencia no competitiva, sin competición por puntuación.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te requerirá para que la subsanes en el plazo de diez días. Si no lo haces, se considerará que has desistido de tu solicitud.

Fuentes oficiales

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