Subvención para empresas y comercios de Sant Boi
Subvención del 70% del coste, hasta 2.000€, para nuevas actividades o mejoras del negocio en Sant Boi.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat para abrir nuevas actividades económicas o mejorar negocios y comercios.
- Para quién
- Personas emprendedoras, autónomos, empresas y comercios con actividad económica en Sant Boi de Llobregat.
- Cuánto
- El 70% del coste de los proyectos, hasta un máximo de 2.000€ (gasto mínimo de 500€, IVA no incluido).
- Qué cubre
-
- Gastos para poner en marcha una nueva actividad: asesoría, licencias, obras del local, web o vehículos etiqueta 0
- Actuaciones de mejora: accesibilidad, transición ecológica, eficiencia energética, rotulación o digitalización
- No cubre el mantenimiento ni la conservación de instalaciones, maquinaria u otros activos
- Requisitos
-
- Tener sede fiscal y desarrollar la actividad en Sant Boi de Llobregat
- Estar dado de alta en el régimen de autónomos (RETA) o régimen asimilable antes de solicitar
- Disponer de la declaración censal de inicio de actividad anterior a la solicitud
- Disponer de la habilitación para ejercer la actividad por comunicación o licencia
- Si eres empresa, haber ocupado menos de 10 personas y no superar 2 millones de euros de volumen anual
- Estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Presentar las facturas con sus justificantes de pago mediante transferencia bancaria
- Pagar mediante transferencia: no se admiten tickets de compra ni pagos en efectivo
- Presentar como máximo 20 facturas o recibos
- Que las ayudas recibidas no superen el coste total del proyecto sin contar el IVA
- Justificar correctamente el gasto, o el Ayuntamiento revocará la subvención y deberás reintegrar lo cobrado
- Cuándo
-
- Abre: 23 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 3 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes una actividad económica con sede fiscal en Sant Boi de Llobregat
- Estás dado de alta como autónomo en el régimen RETA
- Tu empresa ocupó menos de 10 personas el último ejercicio
- Vas a poner en marcha una nueva actividad en el municipio
- Quieres mejorar la accesibilidad o sostenibilidad de tu negocio
- Tu actividad no tiene sede fiscal en Sant Boi de Llobregat
- Tu empresa tuvo un volumen de negocio anual superior a 2 millones de euros
- Fuiste beneficiario de la primera convocatoria de este programa
- Quieres acogerte a las dos líneas de subvención a la vez
- Tu gasto subvencionable es inferior a 500 euros
Cuánto puedes recibir
Recibes el 70% del coste de tu proyecto, con un máximo de 2.000€. El gasto mínimo que debes justificar es de 500€ (IVA no incluido). El IVA queda excluido salvo el que no sea recuperable o compensable.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Comprueba que tu actividad cumple los requisitos y elige una de las dos líneas (no son compatibles)
-
Reúne las facturas de tu proyecto con sus justificantes de pago por transferencia
-
Rellena y firma la instancia de solicitud con el modelo normalizado
-
Adjunta el anexo 1 con la relación de facturas presentadas en un único documento
-
Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud de subvención cumplimentada y firmada
- Certificación de la relación de facturas presentadas (Anexo 1)
- Facturas y justificantes de pago en un único documento
- Declaración censal de inicio de actividad (Modelo 036 o 037 o PEC DUE)