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Ayudas Claras
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Subvenciones a AMPAS y AFES de Zaragoza 2026

Ayuda de hasta 3.000€ por entidad para proyectos de AMPAS y AFES en Zaragoza

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para proyectos de AMPAS y AFES en juntas municipales y vecinales
Para quién
Asociaciones de madres y padres (AMPAS) y asociaciones de familias de escolares (AFES), y excepcionalmente consejos escolares
Cuánto
Hasta el 100% de los gastos subvencionables, con un máximo de 3.000€ por entidad y un mínimo de 500€
Qué cubre
  • Proyectos de actividades educativas, culturales, sociales o artísticas
  • Gastos de mantenimiento y funcionamiento de la asociación
Requisitos
  • Ser una AMPA o AFE legalmente constituida, o excepcionalmente un consejo escolar de colegio público o concertado de Primaria, Secundaria o Educación Especial
  • Estar inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas al finalizar el plazo de solicitudes
  • Desarrollar tu actividad en el término municipal de Zaragoza
  • Haber justificado las subvenciones de años anteriores otorgadas por el Ayuntamiento de Zaragoza
  • Estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Presentar un único proyecto que no supere los 6.000 euros
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar el proyecto durante el año 2026
  • Hacer constar en las actividades que están subvencionadas por el Ayuntamiento de Zaragoza
  • Presentar la cuenta justificativa antes del 15 de febrero del año siguiente
  • Justificar la totalidad del importe del proyecto presentado o reformulado
  • Comunicar al Ayuntamiento cualquier otra ayuda pública obtenida para la misma finalidad en un plazo de diez días hábiles
  • Presentar un plan de igualdad según el número de personas en plantilla cuando sea obligatorio
Cuándo
  • Abre: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 24 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una AMPA o AFE legalmente constituida en Zaragoza
  • Estás inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Desarrollas tu actividad en el término municipal de Zaragoza
  • Eres el Consejo Escolar de un colegio público o concertado de Zaragoza
  • Quieres financiar actividades educativas o el funcionamiento de tu asociación
  • No estás inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas
  • No has justificado subvenciones de años anteriores del Ayuntamiento de Zaragoza
  • Solicitas a la vez la subvención por la asociación y por el consejo escolar del mismo centro
  • Ya recibes una subvención nominativa del Ayuntamiento para el mismo objeto
  • Presentas un proyecto por importe superior a 6.000 euros

Cuánto puedes recibir

Puedes recibir hasta el 100% de los gastos subvencionables de tu proyecto, con un límite máximo de 3.000€ por entidad y un mínimo de 500€. El importe se calcula proporcionalmente a la puntuación que obtenga tu proyecto, repartiendo el crédito de cada Junta entre las entidades. Cuando la subvención es igual o inferior a 3.000€, se anticipa el 100% tras la concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación y rellena los anexos del modelo oficial

  2. Redacta la memoria descriptiva de tu proyecto con su objeto, cronograma y financiación

  3. Presenta la solicitud en el Registro General Electrónico del Ayuntamiento de Zaragoza con certificado o identificación digital del representante

  4. Espera la propuesta de resolución provisional por Junta

  5. Si el importe propuesto es inferior al solicitado, puedes reformular el proyecto en el plazo de 10 días

Documentación necesaria

  • Solicitud según modelo oficial (Anexo I.1)
  • Memoria general de la entidad con resumen de su trayectoria (Anexo I.2)
  • Memoria descriptiva del proyecto a realizar (Anexo I.3)
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias
  • Certificación de la Secretaría sobre la actuación del representante legal (Anexo I.4)
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos de la convocatoria (Anexo I.4)
  • Certificación bancaria de titularidad de la cuenta (Anexo I.6)
  • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal, si solicitas por primera vez
  • Certificado de la composición de las juntas directivas u órganos de gobierno (Anexo I.4)

Preguntas frecuentes

¿Puedo destinar toda la subvención al mantenimiento de mi asociación?
Sí, el proyecto puede destinarse íntegramente al sostenimiento y mantenimiento de la entidad, siempre que no seas beneficiaria de la cesión gratuita de un inmueble que haga las veces de sede social por parte del Ayuntamiento u otra administración pública.
¿Puedo pedir esta subvención si ya recibo otras ayudas para el mismo proyecto?
Sí, los proyectos pueden recibir subvención de otras instituciones o entidades, siempre que el importe total no supere el coste de la actividad. Debes comunicarlo al Ayuntamiento en un plazo máximo de diez días hábiles. Los proyectos no pueden concurrir a otras convocatorias del propio Ayuntamiento de Zaragoza.
¿Cómo se calcula el importe que me corresponde?
El crédito de cada Junta se divide entre la suma total de puntos obtenidos por las entidades que superen los 4 puntos en el proyecto presentado, obteniendo el valor del punto. Ese valor se multiplica por los puntos de tu entidad, respetando los límites de la convocatoria.
¿Qué pasa si no recibo respuesta en el plazo previsto?
El plazo para resolver es de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si transcurre sin que se publique la resolución, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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