Subvenciones a comisiones de festejos de barrio en Zaragoza
Ayuda para asociaciones que organizan las fiestas de su barrio o distrito de Zaragoza
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para los programas de fiestas de barrios y distritos.
- Para quién
- Asociaciones vecinales y comisiones de festejos sin ánimo de lucro de los barrios y distritos de Zaragoza.
- Cuánto
- Hasta el 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 20.746€ por entidad; la cantidad mínima es de 500€
- Qué cubre
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- Los gastos del programa de fiestas del barrio o distrito
- Gastos de las acometidas eléctricas necesarias para los eventos
- Requisitos
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- Eres una asociación vecinal con personalidad jurídica propia
- Tu entidad desarrolla su actividad en el término municipal de Zaragoza
- Estás inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas al finalizar el plazo de solicitud
- Tu comisión de festejos cuenta con el reconocimiento de la Junta Municipal o Vecinal
- Has justificado las subvenciones de años anteriores otorgadas por el Ayuntamiento
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Haz constar en las actividades que están subvencionadas por el Ayuntamiento de Zaragoza
- Cumple los horarios autorizados y no sobrepases los niveles de ruido permitidos
- Cuida, mantén y repón los materiales municipales que te cedan
- Solicita los permisos para las acometidas eléctricas y asume su coste
- Presenta la cuenta justificativa hasta el 15 de febrero del año siguiente
- Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda pública obtenida para la misma finalidad
- Cuándo
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- Abre: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 24 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación vecinal con personalidad jurídica propia
- Tu comisión de festejos organiza las fiestas de un barrio o distrito de Zaragoza
- Estás inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas
- Vas a ejecutar el proyecto de fiestas durante 2026
- Has obtenido el reconocimiento de tu Junta Municipal o Vecinal
- Tu entidad no desarrolla su actividad en el término municipal de Zaragoza
- No has justificado las subvenciones de años anteriores del Ayuntamiento
- Ya recibes una subvención nominativa para el mismo objeto
- Tu proyecto incumple la normativa de protección animal de Aragón
Cuánto puedes recibir
Puedes recibir hasta el 100% de los gastos subvencionables de tu proyecto, con un mínimo de 500€ y un límite general de 20.746€ por entidad. El importe concreto se calcula según los puntos que obtenga tu proyecto y el presupuesto disponible. Se abona el 80% como anticipo tras la concesión y el 20% restante tras justificar; si la subvención es igual o inferior a 3.000€, se anticipa el 100%.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria de la entidad y la memoria descriptiva del proyecto de fiestas
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Cumplimenta la solicitud y los anexos en el modelo oficial de la convocatoria
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza con certificado del representante de la entidad
Documentación necesaria
- Solicitud según modelo oficial (Anexo I.1)
- Memoria General de la entidad con resumen de su trayectoria (Anexo I.2)
- Memoria descriptiva del proyecto: objeto, finalidad, contenido, cronograma, financiación y método de valoración (Anexo I.3)
- Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias
- Certificación del secretario sobre la actuación del representante legal (Anexo I.4)
- Declaración responsable de cumplir los requisitos específicos de la convocatoria (Anexo I.4)
- Declaración responsable del poder de representación, si actúa un representante distinto al presidente (Anexo I.5)
- Certificación bancaria de titularidad de la cuenta (Anexo I.6)
- Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal
- Fotocopia de los Estatutos, si la entidad solicita por primera vez