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Subvenciones a asociaciones de vecinos de Zaragoza

Subvención para proyectos de asociaciones de vecinos en las Juntas de Zaragoza

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para proyectos de asociaciones de vecinos en sus Juntas Municipales y Vecinales
Para quién
Asociaciones de vecinos con personalidad jurídica propia que actúan en el término municipal de Zaragoza
Cuánto
Hasta el 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 12.000€ por entidad y un mínimo de 500€
Qué cubre
  • Proyectos de actividades desarrolladas por la asociación
  • Gastos de mantenimiento y funcionamiento de la entidad
  • Gastos de arrendamiento de la sede social
Requisitos
  • Ser una asociación de vecinos con personalidad jurídica propia
  • Desarrollar tu actividad en el término municipal de Zaragoza
  • Estar inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas al finalizar el plazo de solicitudes
  • Haber justificado las subvenciones de años anteriores otorgadas por el Ayuntamiento de Zaragoza
  • Estar al corriente de tus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Hacienda autonómica
  • Presentar un único proyecto que englobe todas las actividades a realizar
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar el proyecto durante el ejercicio 2026
  • Hacer constar en las actividades que están subvencionadas por el Ayuntamiento de Zaragoza
  • Presentar la cuenta justificativa hasta el 15 de febrero del año siguiente
  • Justificar la totalidad del importe del proyecto presentado o reformulado
  • Comunicar al Ayuntamiento cualquier otra ayuda pública obtenida para la misma finalidad en el plazo de diez días hábiles
  • Aportar datos estadísticos de personas usuarias y del personal del proyecto desagregados por sexo y edad
Cuándo
  • Abre: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 24 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de vecinos con personalidad jurídica propia
  • Desarrollas tu actividad en el término municipal de Zaragoza
  • Estás inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Quieres financiar proyectos o actividades en tu Junta Municipal o Vecinal
  • Necesitas cubrir gastos de mantenimiento y funcionamiento de tu entidad
  • No estás inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas al cerrar el plazo
  • No has justificado subvenciones de años anteriores del Ayuntamiento de Zaragoza
  • No estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Ya recibes una subvención nominativa del Ayuntamiento para el mismo objeto
  • Tu proyecto supera el importe máximo de 12.000 euros

Cuánto puedes recibir

Puedes recibir hasta el 100% de los gastos subvencionables de tu proyecto, con un límite máximo de 12.000€ por entidad y una cantidad mínima de 500€. El importe se calcula proporcionalmente a la puntuación que obtenga tu proyecto: el crédito de cada Junta se divide entre la suma de puntos de todas las asociaciones para obtener el valor del punto, que se multiplica por los puntos de tu entidad. En ningún caso la subvención concedida superará el importe solicitado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación y cumplimenta la solicitud en el modelo oficial

  2. Prepara la memoria descriptiva del proyecto con su objeto, cronograma y financiación

  3. Presenta la solicitud en el Registro General Electrónico del Ayuntamiento de Zaragoza con certificado o identificación digital

  4. Espera la propuesta de resolución provisional y, si el importe es inferior al solicitado, reformula el proyecto en 10 días

  5. Recibe la resolución definitiva con el importe concedido

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo oficial (Anexo I.1)
  • Memoria general de la entidad con resumen de su trayectoria (Anexo I.2)
  • Memoria descriptiva del proyecto a realizar (Anexo I.3)
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias
  • Certificación de la Secretaría sobre la actuación del representante legal (Anexo I.4)
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos de la convocatoria (Anexo I.4)
  • Declaración del poder de representación si actúa persona distinta al presidente (Anexo I.5)
  • Certificación bancaria de titularidad de la cuenta (Anexo I.6)
  • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal si solicitas por primera vez

Preguntas frecuentes

¿Puedo destinar toda la subvención al mantenimiento de mi asociación?
Sí, el proyecto puede destinarse íntegramente al sostenimiento y mantenimiento de la entidad, siempre que tu asociación no disponga de un inmueble cedido gratuitamente como sede social por el Ayuntamiento u otra administración.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, los proyectos pueden recibir subvención de otras instituciones siempre que el total no supere el coste de la actividad. No obstante, no pueden concurrir a otras convocatorias del propio Ayuntamiento de Zaragoza.
¿Cuántos proyectos puedo presentar?
Solo uno. Las entidades presentan un único proyecto que englobe la totalidad de las actividades a realizar, pudiendo incluir el mantenimiento de la entidad.
¿Qué pasa si me conceden menos de lo que pedí?
Puedes reformular el proyecto en el plazo de 10 días desde la propuesta de resolución provisional para ajustar las actividades al importe propuesto, sin introducir actividades distintas a las inicialmente presentadas.

Fuentes oficiales

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