Préstamos bonificados para instalaciones deportivas municipales
Préstamos bonificados de hasta 1.250.000€ por operación para mejorar instalaciones deportivas
Lo que significa
- Qué es
- Línea de préstamos bonificados del Institut Català de Finances para financiar la mejora de instalaciones deportivas públicas
- Para quién
- Municipios y entidades municipales descentralizadas de Cataluña que ya tienen concedida la subvención de instalaciones deportivas
- Cuánto
- Hasta 1.250.000€ por operación, sin superar el 100% de la subvención concedida. Sin importe mínimo.
- Qué cubre
- Las obras de modernización y acondicionamiento de instalaciones deportivas públicas ya subvencionadas
- Requisitos
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- Eres un municipio o una entidad municipal descentralizada
- Tienes concedida la subvención del plan de choque de instalaciones deportivas
- Estás al corriente de pagos con Hacienda estatal y catalana y con la Seguridad Social
- No tienes pendientes obligaciones por reintegro de subvenciones
- El órgano competente del ente local ha aprobado el endeudamiento
- Cedes al ICF el derecho de cobro de la subvención
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Formaliza el contrato de préstamo en un plazo máximo de 90 días desde la concesión
- Destina los fondos a las obras para las que se concedió la subvención y acredítalo
- Justifica ante el ICF que el dinero se ha usado en la finalidad prevista
- Comunica al ICF cualquier otra ayuda o préstamo recibido para los mismos gastos
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control del ICF y de la Generalitat
- Conserva los justificantes de uso de los fondos durante 10 años
- Cuándo
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- Abre: 23 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: Consulta directamente con la administración
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres un municipio de Cataluña con obras en instalaciones deportivas
- Eres una entidad municipal descentralizada de Cataluña
- Has recibido una subvención del plan de choque de instalaciones deportivas
- Necesitas financiación para ejecutar las obras ya subvencionadas
- Estás al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social
- No eres un municipio ni una entidad municipal descentralizada
- No has recibido la subvención del plan de choque de instalaciones deportivas
- Tienes deudas pendientes con Hacienda o la Seguridad Social
- Tienes obligaciones de reintegro de subvenciones sin cumplir
Cuánto puedes recibir
Recibes un préstamo de hasta 1.250.000€ por operación, sin importe mínimo. El préstamo no puede superar el 100% de la subvención que ya te concedieron, descontando los anticipos o pagos a cuenta ya cobrados, y queda limitado al importe que aún te quede pendiente de cobrar de esa subvención. Durante los seis primeros años se bonifica la totalidad de los intereses ordinarios, aplicada recibo a recibo, y el tipo resultante nunca baja de cero. No tiene comisión de apertura. El plazo es de hasta 15 años, con hasta 6 años de carencia incluida.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida, incluida la aprobación del endeudamiento por el ente local
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Presenta la solicitud telemáticamente a través de la banca digital del ICF
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Aporta toda la documentación para que la solicitud se considere válidamente presentada
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Espera a que el ICF analice la viabilidad y resuelva sobre la concesión
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Formaliza el contrato y la cesión del derecho de cobro de la subvención
Documentación necesaria
- Documentación acreditativa correspondiente al Fondo Impulso Económico
- Liquidación de los dos últimos ejercicios
- Certificado de nombramiento del alcalde o del presidente (entidades municipales descentralizadas)
- NIF del alcalde o del presidente (entidades municipales descentralizadas)
- Ficha CIRBE sin incidencias
- Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos
- Documentación acreditativa de la aprobación del endeudamiento por el ente local
- Declaración responsable del detalle de otras ayudas recibidas o solicitadas para los mismos gastos