Ayuda para la guardería municipal de Sant Julià de Ramis
Ayuda para reducir la cuota mensual de la guardería municipal, para familias empadronadas
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Sant Julià de Ramis para escolarizar a tu hijo en la guardería municipal
- Para quién
- Familias con hijos matriculados en la guardería municipal de Sant Julià de Ramis
- Cuánto
- La ayuda reduce la cuota mensual de la guardería; el porcentaje se determina según la demanda y la disponibilidad presupuestaria. Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Parte de la cuota mensual de la guardería municipal
- No cubre el servicio de comedor (comida y merienda)
- No cubre servicios extraordinarios como la hora de acogida, el servicio de buenos días, salidas, material ni salidas extraordinarias
- Requisitos
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- Estar empadronado en Sant Julià de Ramis, como mínimo el niño solicitante y un progenitor o tutor
- Tener un hijo admitido y matriculado en la guardería municipal para el curso en cuestión
- No tener deudas tributarias ni de otro tipo con el Ayuntamiento
- No tener cuotas vencidas pendientes con la guardería municipal
- Haber justificado en tiempo y forma cualquier ayuda anterior del Ayuntamiento
- No superar los umbrales máximos de renta familiar establecidos
A partir del octavo miembro se añaden 3.181,00€ por cada nuevo miembro computableMiembros de la familia Umbral de renta 2 22.594,00€ 3 30.688,00€ 4 36.421,00€ 5 40.708,00€ 6 43.945,00€ 7 47.146,00€ 8 50.333,00€ -
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Estar al corriente de tus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, el resto de administraciones y la Seguridad Social
- Estar al corriente de las obligaciones por reintegro de ayudas concedidas por el Ayuntamiento
- Aceptar la ayuda concedida en el plazo de diez días desde que recibas la notificación de la resolución
- Aportar la documentación que el Ayuntamiento te requiera para valorar la solicitud
- Cuándo
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- Abre: 18 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Sant Julià de Ramis junto a tu hijo
- Tienes un hijo matriculado en la guardería municipal este curso
- Tu familia atraviesa una situación socioeconómica desfavorable
- Tu hijo tiene necesidades socioeducativas especiales
- No superas los umbrales de renta familiar establecidos
- No estás empadronado en Sant Julià de Ramis
- Tu hijo no está matriculado en la guardería municipal
- Tienes deudas tributarias o de otro tipo con el Ayuntamiento
- Tienes cuotas vencidas pendientes con la guardería municipal
- Tus ingresos superan los umbrales máximos de renta familiar
Cuánto puedes recibir
La ayuda se aplica a reducir la cuota mensual que pagas por la guardería municipal. El porcentaje becado se determina en función de la demanda y de la disponibilidad presupuestaria, hasta agotar el presupuesto. No incluye el comedor ni servicios extraordinarios como la hora de acogida, salidas o material. El porcentaje concreto que te corresponde no está especificado; consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que te permita acreditar tu situación económica y social
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Recoge la hoja de solicitud en las oficinas del Ayuntamiento o a través de su página web
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Presenta la solicitud cumplimentada en las oficinas municipales, en horario de mañana de 9h a 14h
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Espera la valoración de la comisión técnica y la resolución de la convocatoria
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Acepta la ayuda concedida en el plazo de diez días desde que recibas la notificación
Documentación necesaria
- Hoja de solicitud facilitada por el Ayuntamiento
- Documentación necesaria para la valoración económica y social que te requieran en cada caso