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Ayudas Claras
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Cultura Lugo Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones culturales de Monforte de Lemos

Subvención de hasta 1.000€ para actividades de asociaciones de Monforte de Lemos

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Monforte de Lemos para actividades culturales de asociaciones.
Para quién
Asociaciones culturales, vecinales, populares, profesionales, lúdicas o recreativas sin ánimo de lucro de Monforte de Lemos.
Cuánto
Hasta 1.000€ por subvención, sin superar el 70% del importe subvencionable
Qué cubre
  • Programas, proyectos o actividades culturales, lúdicas, recreativas o formativas
  • Gastos de gestión y funcionamiento relacionados con la actividad (teléfono, papelería, internet, material fungible)
Requisitos
  • Tu asociación carece de ánimo de lucro
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del ayuntamiento al presentar la solicitud
  • No tienes deudas con el ayuntamiento por ningún concepto de derecho público
  • Has justificado correctamente las subvenciones municipales que recibiste antes
  • Tu asociación tiene domicilio social, sede o representación en Monforte de Lemos
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cumple todas las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria
  • Responde de la veracidad de los datos que aportas en la solicitud
  • Destina el dinero recibido a la actividad para la que se concedió
  • Justifica los gastos hasta el 27 de noviembre de 2026 con facturas y memoria detallada
  • Permite las actuaciones de comprobación y seguimiento y facilita la información que te pidan
Cuándo
  • Abre: 17 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 13 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación sin ánimo de lucro de Monforte de Lemos
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del ayuntamiento
  • Vas a realizar actividades culturales, lúdicas, recreativas o formativas en 2026
  • Tu asociación tiene domicilio social, sede o representación en el municipio
  • Eres una asociación o entidad deportiva
  • Tu actividad es una fiesta patronal, comida o evento religioso
  • Tu actividad tiene ánimo de lucro
  • Recibes este año una subvención nominativa del ayuntamiento para la misma actividad
  • Eres una entidad de iniciativa social autorizada para prestar servicios sociales

Cuánto puedes recibir

Cada subvención puede llegar hasta 1.000€ y nunca supera el 70% del importe que se puede subvencionar. La ayuda es única y no acumulable, y se calcula según la puntuación que obtenga tu proyecto: se reparte el coste subvencionable (gastos menos ingresos previstos) entre la puntuación máxima posible. El pago se hace por transferencia bancaria una vez justificada la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la solicitud y la documentación con los modelos normalizados

  2. Prepara la memoria explicativa del programa de actividades de 2026

  3. Presenta la solicitud electrónicamente en la sede electrónica del ayuntamiento dentro de los 15 días hábiles tras la publicación en el boletín

  4. Espera la valoración de la comisión y la resolución de la Junta de Gobierno Local

  5. Justifica la actividad y los gastos hasta el 27 de noviembre de 2026 para cobrar la subvención

Documentación necesaria

  • Solicitud (Anexo I)
  • NIF en vigor de la persona física que actúa en representación (Anexo II)
  • Memoria explicativa detallada del programa de actividades de 2026 (Anexo III)
  • Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad (Anexo IV)
  • Datos bancarios certificados de la cuenta (Anexo V de Registro de Terceros)
  • Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad (Anexo VI)
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones y no ser deudor (Anexo VII)

Preguntas frecuentes

¿Puedo recibir esta subvención si ya tengo una ayuda nominativa del ayuntamiento para la misma actividad?
No. Quedan excluidas las asociaciones que reciban en el ejercicio subvenciones nominativas del ayuntamiento para las mismas actividades.
¿Mi asociación deportiva puede pedir esta ayuda?
No. Quedan excluidas las asociaciones y entidades deportivas, así como las actividades deportivas.
¿Qué gastos no se pueden subvencionar?
No son subvencionables las reformas y acondicionamiento de locales, el vestuario, las actividades con ánimo de lucro ni cualquier gasto no relacionado con el proyecto presentado.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
El plazo de justificación es hasta el 27 de noviembre de 2026 incluido, presentando la cuenta justificativa con memoria detallada y facturas.

Fuentes oficiales

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