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Ayudas Claras
Ayudas Gipuzkoa Educación
Educación Gipuzkoa Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para material escolar de familias de Irun 2026/27

Hasta 160€ por alumno para material escolar comprado en comercios de Irun

Lo que significa

Qué es
Ayuda directa del Ayuntamiento de Irun para la compra de material escolar de las familias de la ciudad
Para quién
Familias empadronadas en Irun con hijos matriculados en Enseñanza Obligatoria
Cuánto
  • Importe máximo por alumno según el tramo de ingresos de tu unidad convivencial. La ayuda nunca supera el gasto justificado en la solicitud.
    TramoIngresos anuales de la unidad convivencialImporte máximo por alumno
    1Hasta 30.500€160€
    2Hasta 44.500€125€
    3Hasta 58.500€100€
    No pueden recibir la ayuda las unidades convivenciales con ingresos superiores a 58.500,01€.
Qué cubre
  • Material de escritorio y fungible: lápices, bolígrafos, cuadernos, folios, reglas, consumibles informáticos
  • Material no fungible: mochilas, estuches, calculadoras, compases y libros de texto (incluidos los digitales)
  • Ropa y calzado para la actividad escolar: uniforme y bata, gafas o lentillas, ropa y calzado de educación física, y material para el cursillo de natación de 2º de Primaria
  • Material para Educación Artística, Plástica, Tecnología o Música (ceras, óleos, pinturas, pinceles)
Requisitos
  • El menor y quien solicita la ayuda están empadronados en el mismo domicilio de Irun antes de la solicitud
  • El menor nació entre 2009 y 2020, ambos inclusive
  • Quien solicita es el padre, la madre o tutor del menor
  • El menor está matriculado en el curso 2026/27 en un nivel de Enseñanza Obligatoria
  • Los ingresos anuales de tu unidad convivencial no superan el umbral del tramo solicitado
    TramoIngresos anuales máximos
    130.500€
    244.500€
    358.500€
    Con ingresos superiores a 58.500,01€ no se puede recibir la ayuda.
  • Tienes facturas o facturas simplificadas de comercios de Irun por un valor igual o superior al importe de la ayuda
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Informa al resto de miembros de tu unidad convivencial de que has pedido esta ayuda
  • Conserva las facturas o documentos que justifican el gasto, por si el Ayuntamiento te los reclama
  • Vela por la asistencia diaria del menor al centro escolar y por el cumplimiento de sus deberes como alumno
  • Aporta un número de cuenta a tu nombre donde recibir el pago de la ayuda
Cuándo
  • Abre: 2 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Vives empadronado en Irun con tu hijo en el mismo domicilio
  • Tu hijo nació entre 2009 y 2020 (ambos inclusive)
  • Tu hijo está matriculado en Enseñanza Obligatoria en el curso 2026/27
  • Eres el padre, la madre o tutor del menor
  • Has comprado material escolar en comercios de Irun y tienes facturas
  • Los ingresos anuales de tu unidad convivencial no superan 58.500€
  • Tu unidad convivencial tiene ingresos superiores a 58.500,01€
  • El menor no está empadronado en tu mismo domicilio de Irun
  • El menor no está matriculado en un curso de Enseñanza Obligatoria
  • Compraste el material fuera de comercios o centros escolares de Irun
  • No tienes factura o documento que justifique la compra

Cuánto puedes recibir

Recibes un importe máximo por alumno según los ingresos anuales de tu unidad convivencial: hasta 160€ en el tramo 1, hasta 125€ en el tramo 2 y hasta 100€ en el tramo 3. La ayuda nunca puede superar el gasto en material escolar que justificas en la solicitud. El pago se ingresa en el número de cuenta que indiques.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las facturas de la compra de material escolar en comercios de Irun, hechas entre el 19 de junio y el 30 de septiembre de 2026

  2. Comprueba que el menor está empadronado contigo en Irun y matriculado en Enseñanza Obligatoria

  3. Presenta la solicitud por internet en la sede electrónica del Ayuntamiento de Irun con el trámite de ayuda para material escolar, o de forma presencial en las oficinas de atención

  4. Indica los datos del menor, los tuyos, los de la factura y el número de cuenta donde cobrar

  5. Si te lo piden, subsana la documentación en el plazo de diez días que te concedan

Documentación necesaria

  • Factura o factura simplificada de comercios de Irun que justifique la compra de material escolar, o justificante de abono del Programa de Gestión Solidaria de Libros de Texto y Material Curricular del curso 2026/27
  • Número de cuenta corriente a nombre del solicitante donde recibir la ayuda
  • Datos de identificación del solicitante (DNI, NIE o pasaporte) y del menor

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si recibo otra para lo mismo?
Sí. Esta ayuda es compatible con cualesquiera otras, incluso con las que tengan el mismo fin.
¿Dónde tengo que comprar el material escolar?
En comercios o centros escolares de Irun, entre el 19 de junio y el 30 de septiembre de 2026. No cuentan las compras fuera de la ciudad.
¿Qué gastos quedan fuera de la ayuda?
No entran la cuota escolar, la ropa y el calzado en general, las gafas de sol, el material deportivo específico de una disciplina, los equipos informáticos ni el hardware.
¿Qué pasa si los datos que presento son falsos?
Se deniega la ayuda o, si ya se hubiera pagado, hay que devolverla, además de las responsabilidades y sanciones que correspondan.
¿Y si tengo deudas con el Ayuntamiento?
El Ayuntamiento puede compensar de oficio esas deudas pendientes con la ayuda concedida.

Fuentes oficiales

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