Ayuda por nacimiento en Orihuela 2026
Ayuda de 1.000€ por cada hijo nacido en 2025 para familias empadronadas en Orihuela.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Orihuela para ayudar a las familias con los primeros gastos del recién nacido.
- Para quién
- Mujeres, o quienes tengan la custodia del recién nacido, empadronadas en Orihuela.
- Cuánto
- 1.000€ por cada hijo nacido. En parto múltiple, se cobra por cada hijo.
- Qué cubre
- Los primeros gastos del recién nacido en la familia
- Requisitos
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- Ser española o extranjera con residencia legal en España
- Ser mayor de 18 años al inicio del plazo de solicitud
- Haber dado a luz a un hijo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
- Estar empadronada en Orihuela de forma ininterrumpida desde hace al menos tres años
- Seguir empadronada en Orihuela cuando se apruebe la ayuda
- Ser titular de una cuenta bancaria
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acreditar el nacimiento con el certificado correspondiente
- Conservar los originales de la documentación durante el plazo de prescripción
- Someterte a las actuaciones de control que realice el Ayuntamiento de Orihuela
- Devolver el dinero si se incumplen las condiciones o se obtuvo falseando datos
- Declarar esta ayuda en la renta, ya que tributa en el IRPF
- Cuándo
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- Abre: 17 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Has dado a luz a un hijo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
- Estás empadronada en Orihuela desde hace al menos tres años seguidos
- Tienes la custodia de un recién nacido y vives en Orihuela
- Eres mayor de 18 años y titular de una cuenta bancaria
- Eres española o extranjera con residencia legal en España
- Tu hijo nació antes del 1 de enero de 2025 o después del 31 de diciembre de 2025
- No estás empadronada en Orihuela cuando se aprueba la ayuda
- Llevas empadronada en Orihuela menos de tres años seguidos
- Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Orihuela
- No estás al corriente con Hacienda o la Seguridad Social
Cuánto puedes recibir
Recibes 1.000€ por cada hijo nacido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Si fue un parto múltiple, cobras la ayuda por cada hijo. Las ayudas se conceden por orden de solicitud hasta agotar el crédito de la convocatoria. El pago se hace de una sola vez en tu cuenta bancaria una vez resuelta favorablemente la solicitud.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación: solicitud, certificado de nacimiento y alta a terceros con tu cuenta bancaria
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Rellena el modelo normalizado de solicitud y la declaración responsable
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Presenta la solicitud, preferentemente de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Orihuela, o presencialmente en el registro
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Si el Ayuntamiento te lo requiere, subsana o aporta la documentación que falte en el plazo indicado
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud de la ayuda a la natalidad (Anexo III)
- Certificado de nacimiento que acredite el nacimiento
- Alta a terceros validada por la entidad bancaria, con la cuenta a nombre de la persona beneficiaria (Anexo IV)
- Declaración responsable firmada por la persona interesada
- Si tienes un aplazamiento o fraccionamiento de deudas, la resolución de concesión y el último certificado de carecer de deudas posteriores