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Ayudas Claras
Subvenciones Alicante Comercio y turismo
Comercio y turismo Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a nuevos negocios y autónomos en Mutxamel

Ayuda de hasta 1.000€ (1.500€ en comercio) por nueva actividad en Mutxamel

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Mutxamel para apoyar la creación de nuevas actividades económicas
Para quién
Autónomos, micropymes y pequeñas y medianas empresas que ponen en marcha una actividad en Mutxamel
Cuánto
Hasta 1.000€ por beneficiario; hasta 1.500€ si abres un nuevo comercio al detalle con establecimiento abierto al público
Qué cubre
  • Gastos de la puesta en marcha de la nueva actividad
  • Gastos del funcionamiento de la actividad
  • Quedan excluidos las mercancías para reventa, las cotizaciones a la Seguridad Social, el IVA y demás impuestos y tasas
Requisitos
  • Eres autónomo, micropyme o pyme que ejerce actividad empresarial, comercial o profesional en Mutxamel
  • Estás dado de alta en el Censo de Actividades Económicas de Hacienda y en el régimen de autónomos o en la mutualidad de tu colegio profesional antes de solicitar
  • Has iniciado la actividad desde el 1 de enero de 2026, según la fecha del certificado del censo de actividades
  • Tu establecimiento, o en su defecto tu domicilio fiscal, está en el término municipal de Mutxamel
  • Estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y no tienes deudas con el Ayuntamiento de Mutxamel
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén la actividad un mínimo de un año desde el alta en el censo de obligados tributarios, o devuelve la ayuda de forma proporcional a los meses de inactividad
  • Conserva durante al menos 5 años la documentación que acredita los requisitos y los gastos justificados
  • Presenta las facturas y justificantes de pago antes del 15 de noviembre de 2026 si no los aportaste con la solicitud
  • Comunica al Ayuntamiento otras ayudas públicas o privadas que obtengas o solicites para la misma actividad
  • No utilices los mismos gastos para justificar otras ayudas públicas
  • Incluye la leyenda "con el apoyo del Ayuntamiento de Mutxamel" en las medidas de difusión de la actividad
Cuándo
  • Abre: 17 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 3 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres autónomo, micropyme o pyme con actividad en Mutxamel
  • Has iniciado una nueva actividad económica desde el 1 de enero de 2026
  • Tu establecimiento o domicilio fiscal está en el término municipal de Mutxamel
  • Abres un nuevo comercio al detalle con local abierto al público
  • Estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento
  • Iniciaste tu actividad antes del 1 de enero de 2026
  • Tu establecimiento y tu domicilio fiscal están fuera de Mutxamel
  • Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Mutxamel
  • Quieres financiar mercancías para reventa o cotizaciones a la Seguridad Social
  • Ya has usado esos mismos gastos para justificar otra ayuda pública

Cuánto puedes recibir

Recibes una ayuda de hasta 1.000€ por beneficiario, que sube a un máximo de 1.500€ si abres un nuevo comercio al detalle con establecimiento abierto al público. Si tus gastos justificados son menores que ese tope, cobras el importe equivalente a las facturas y presupuestos que presentes. El pago se hace de una sola vez por transferencia tras la resolución de concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que estás dado de alta en el censo de actividades de Hacienda y en el régimen de autónomos o la mutualidad correspondiente

  2. Reúne la memoria explicativa de gastos junto con las facturas o presupuestos de los gastos para los que pides la ayuda

  3. Rellena el modelo normalizado de solicitud y firma con tu certificado electrónico o el de tu representante

  4. Presenta la solicitud y la documentación de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mutxamel

  5. Subsana en 10 días hábiles si te lo requieren por falta de documentos

  6. Espera la resolución, que se notifica por la sede electrónica en un plazo de 3 meses

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud firmado por el interesado o su representante legal
  • Modelo normalizado de poder de representación telemática, si actúas mediante representante sin firma electrónica
  • Fotocopia del CIF de la empresa y DNI/NIE del firmante o representante
  • Escritura pública y estatutos o contrato privado de constitución de la entidad, si procede
  • Nombramiento de representante o apoderado único, en caso de comunidad de bienes, sociedad civil u otra entidad sin personalidad jurídica
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de Hacienda actualizado
  • Documento que acredite el alta en la Seguridad Social o en la mutua profesional correspondiente
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y de no mantener deudas con el Ayuntamiento de Mutxamel
  • Licencia de apertura o instrumento de intervención ambiental, si abres un nuevo establecimiento comercial al público
  • Ficha de mantenimiento de terceros con los datos de domiciliación bancaria
  • Memoria explicativa de gastos en modelo normalizado
  • Copia de las facturas o presupuestos de los gastos, con su acreditación de pago
  • Declaración responsable de otras ayudas en modelo normalizado
  • Declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos, obligaciones y compromisos exigidos

Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo que haber empezado mi actividad para poder pedir la ayuda?
La actividad para la que pides la ayuda debe haberse iniciado desde el 1 de enero de 2026, según la fecha que figure en el certificado de situación del censo de actividades económicas de Hacienda.
¿Puedo cobrar más si abro una tienda de cara al público?
Sí. Si inicias una actividad de comercio al detalle que conlleve abrir un nuevo establecimiento comercial abierto al público, el importe máximo sube de 1.000€ a 1.500€ por beneficiario.
¿Qué pasa si cierro el negocio poco después de cobrar la ayuda?
Debes mantener la actividad un mínimo de un año desde el alta en el censo de obligados tributarios. Si no lo haces, tendrás que devolver la ayuda de forma proporcional a los meses de inactividad.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones o ingresos para la misma finalidad, siempre que entre todas no se supere el coste de la actividad. Estas ayudas están sometidas al régimen de minimis.
¿Qué ocurre si presento la solicitud cuando ya se ha agotado el crédito?
Las ayudas se conceden por orden de fecha y hora de presentación hasta agotar el crédito disponible. Las solicitudes registradas después quedan desestimadas por falta de crédito, aunque cumplas los requisitos.

Fuentes oficiales

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