Ayuda a centros concertados de Navarra para apoyo educativo
Recursos de personal de apoyo para alumnado con necesidades en centros concertados de Navarra
Lo que significa
- Qué es
- Asignación de recursos económicos del Departamento de Educación de Navarra para dotar de profesionales de apoyo a centros concertados
- Para quién
- Centros concertados de Navarra que escolarizan alumnado de Infantil, Primaria y ESO con necesidades de apoyo educativo
- Cuánto
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- Se asignan horas de apoyo por especialidad; las cuantías salariales las abona la Administración mediante pago delegado o compensación al centro
El número de horas concedidas en cada especialidad puede modificarse sin que el gasto total exceda la cantidad asignada.Especialidad Horas semanales máximas Profesorado de Pedagogía Terapéutica (horas lectivas) 1.675 Logopedia o Audición y Lenguaje 600 Especialistas de Apoyo Educativo de alumnado con discapacidad 1.950 Intérprete de Lengua de Signos Española 0 Profesorado de apoyo para desfase curricular y situación sociocultural desfavorable (horas lectivas) 400
- Se asignan horas de apoyo por especialidad; las cuantías salariales las abona la Administración mediante pago delegado o compensación al centro
- Qué cubre
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- Salarios, antigüedad y cargas sociales del personal docente, abonados mediante pago delegado
- Salarios, antigüedad y cargas sociales del personal complementario no docente, compensados al centro mediante abonos bimestrales
- Requisitos
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- Ser un centro concertado de la Comunidad Foral de Navarra
- Escolarizar alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en Infantil, Primaria o ESO
- Tener al alumnado por el que solicitas incluido en el censo del programa EDUCA
- Mantener actualizada la documentación e informes del alumnado para su supervisión
- Presentar la solicitud quien figure como titular del centro en el Registro especial de centros
- Obligaciones
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- Mantener actualizada en el censo EDUCA la documentación e informes del alumnado
- Informar a las familias o tutoría legal de la inclusión del alumnado en los censos cuando proceda
- Aplicar las medidas acordadas para la recolocación del profesorado y personal afectado por la extinción de conciertos
- Presentar antes del 31 de octubre de 2026 declaración del personal complementario de estar al corriente en el cobro de sus haberes
- Presentar certificado de haber abonado las cantidades de Seguridad Social y las retenciones a cuenta del IRPF
- Presentar al inicio del curso los contratos del personal complementario
- Cuándo
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- Abre: 16 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: Consulta directamente con la administración
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres un centro concertado de Navarra
- Escolarizas alumnado en Infantil, Primaria o ESO
- Tienes alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
- Tu alumnado consta en el censo del programa EDUCA
- Necesitas profesorado de Pedagogía Terapéutica, Logopedia o apoyo educativo
- Atiendes alumnado en situación sociocultural o socioeconómica desfavorecida
- Eres un centro público o no concertado
- Tu centro está fuera de la Comunidad Foral de Navarra
- Solicitas para alumnado que no figura en el censo EDUCA
- Eres una familia o el propio alumno o alumna
- Pides recursos solo para Enseñanza Postobligatoria fuera de los perfiles autorizados
Cuánto puedes recibir
No recibes una cantidad fija: la Administración asigna horas de profesionales de apoyo por especialidad. Las cuantías de salarios, antigüedad y cargas sociales del personal docente se abonan directamente mediante pago delegado, y las del personal complementario no docente las paga el centro y la Administración se las compensa mediante abonos bimestrales.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu alumnado con necesidades específicas consta en el censo del programa EDUCA
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Prepara la instancia de solicitud dirigida al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia
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Presenta la solicitud en el Registro del Departamento de Educación o en el registro electrónico de la Administración Foral de Navarra
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Consulta la resolución provisional publicada en la web del Gobierno de Navarra y, si procede, presenta alegaciones
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Espera la resolución definitiva de concesión de recursos
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud dirigida al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia
- Contratos del personal complementario presentados al inicio del curso
- Declaración suscrita por el personal complementario de estar al corriente en el cobro de sus haberes
- Certificado del centro de haber abonado las cantidades de Seguridad Social y las retenciones a cuenta del IRPF
- Informe psicopedagógico de orientación, en el caso de solicitudes de revisión en periodo extraordinario