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Ayudas Claras
Subvenciones Navarra Educación
Educación Navarra Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda a centros concertados de Navarra para apoyo educativo

Recursos de personal de apoyo para alumnado con necesidades en centros concertados de Navarra

Lo que significa

Qué es
Asignación de recursos económicos del Departamento de Educación de Navarra para dotar de profesionales de apoyo a centros concertados
Para quién
Centros concertados de Navarra que escolarizan alumnado de Infantil, Primaria y ESO con necesidades de apoyo educativo
Cuánto
  • Se asignan horas de apoyo por especialidad; las cuantías salariales las abona la Administración mediante pago delegado o compensación al centro
    EspecialidadHoras semanales máximas
    Profesorado de Pedagogía Terapéutica (horas lectivas)1.675
    Logopedia o Audición y Lenguaje600
    Especialistas de Apoyo Educativo de alumnado con discapacidad1.950
    Intérprete de Lengua de Signos Española0
    Profesorado de apoyo para desfase curricular y situación sociocultural desfavorable (horas lectivas)400
    El número de horas concedidas en cada especialidad puede modificarse sin que el gasto total exceda la cantidad asignada.
Qué cubre
  • Salarios, antigüedad y cargas sociales del personal docente, abonados mediante pago delegado
  • Salarios, antigüedad y cargas sociales del personal complementario no docente, compensados al centro mediante abonos bimestrales
Requisitos
  • Ser un centro concertado de la Comunidad Foral de Navarra
  • Escolarizar alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en Infantil, Primaria o ESO
  • Tener al alumnado por el que solicitas incluido en el censo del programa EDUCA
  • Mantener actualizada la documentación e informes del alumnado para su supervisión
  • Presentar la solicitud quien figure como titular del centro en el Registro especial de centros
Obligaciones
  • Mantener actualizada en el censo EDUCA la documentación e informes del alumnado
  • Informar a las familias o tutoría legal de la inclusión del alumnado en los censos cuando proceda
  • Aplicar las medidas acordadas para la recolocación del profesorado y personal afectado por la extinción de conciertos
  • Presentar antes del 31 de octubre de 2026 declaración del personal complementario de estar al corriente en el cobro de sus haberes
  • Presentar certificado de haber abonado las cantidades de Seguridad Social y las retenciones a cuenta del IRPF
  • Presentar al inicio del curso los contratos del personal complementario
Cuándo
  • Abre: 16 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: Consulta directamente con la administración

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un centro concertado de Navarra
  • Escolarizas alumnado en Infantil, Primaria o ESO
  • Tienes alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
  • Tu alumnado consta en el censo del programa EDUCA
  • Necesitas profesorado de Pedagogía Terapéutica, Logopedia o apoyo educativo
  • Atiendes alumnado en situación sociocultural o socioeconómica desfavorecida
  • Eres un centro público o no concertado
  • Tu centro está fuera de la Comunidad Foral de Navarra
  • Solicitas para alumnado que no figura en el censo EDUCA
  • Eres una familia o el propio alumno o alumna
  • Pides recursos solo para Enseñanza Postobligatoria fuera de los perfiles autorizados

Cuánto puedes recibir

No recibes una cantidad fija: la Administración asigna horas de profesionales de apoyo por especialidad. Las cuantías de salarios, antigüedad y cargas sociales del personal docente se abonan directamente mediante pago delegado, y las del personal complementario no docente las paga el centro y la Administración se las compensa mediante abonos bimestrales.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu alumnado con necesidades específicas consta en el censo del programa EDUCA

  2. Prepara la instancia de solicitud dirigida al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia

  3. Presenta la solicitud en el Registro del Departamento de Educación o en el registro electrónico de la Administración Foral de Navarra

  4. Consulta la resolución provisional publicada en la web del Gobierno de Navarra y, si procede, presenta alegaciones

  5. Espera la resolución definitiva de concesión de recursos

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud dirigida al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia
  • Contratos del personal complementario presentados al inicio del curso
  • Declaración suscrita por el personal complementario de estar al corriente en el cobro de sus haberes
  • Certificado del centro de haber abonado las cantidades de Seguridad Social y las retenciones a cuenta del IRPF
  • Informe psicopedagógico de orientación, en el caso de solicitudes de revisión en periodo extraordinario

Preguntas frecuentes

¿Quién puede presentar la solicitud por el centro?
Debe presentarla quien figure como titular del centro en el Registro especial de centros, haciendo constar el nombre del centro.
¿Qué pasa si mi alumnado no está en el censo EDUCA?
El alumnado que no esté reflejado en el censo EDUCA no se tiene en cuenta a la hora de provisionar recursos.
¿Puedo pedir recursos para necesidades que surjan más adelante?
Sí. Existe una reserva para nuevas necesidades surgidas tras el plazo ordinario, con plazo de presentación hasta el 15 de mayo de 2027.
¿Cómo se paga al personal contratado?
El personal docente se abona mediante pago delegado de la Administración; el personal complementario no docente lo paga el centro y la Administración se lo compensa mediante abonos bimestrales.
¿Puedo reclamar si no estoy de acuerdo con la resolución provisional?
Sí. Puedes presentar alegaciones o reclamaciones en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la resolución provisional.

Fuentes oficiales

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