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Ayudas Claras
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Infraestructuras Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades de riego de Alicante para mejorar el regadío

La Diputación cubre el 80% del coste de las obras hidráulicas, hasta el 31 de julio de 2026.

Lo que significa

Qué es
Subvención en especie por concurrencia: la Diputación de Alicante ejecuta obras de infraestructura hidráulica para regadío.
Para quién
Comunidades de regantes y otras entidades de riego con sede en la provincia de Alicante.
Cuánto
El 80% del coste total de la obra. Para actuaciones que superen 60.500€ (IVA incluido), la subvención es el 80% de esos 60.500€ y el resto lo paga tu entidad.
Qué cubre
  • Obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación de infraestructuras e instalaciones hidráulicas para regadío
  • Otras inversiones para optimizar la eficiencia, gestión y control del uso del agua para riego
  • El 100% de las asistencias técnicas ligadas a la ejecución de las infraestructuras, como coordinación de seguridad y salud, ensayos de control de obra, inspección y vigilancia
Requisitos
  • Eres una comunidad de regantes u otra entidad de riego legalmente constituida
  • Tu entidad tiene sede en la provincia de Alicante y cumple su finalidad en ese territorio
  • Estás adscrita al Organismo de cuenca correspondiente
  • Tu objeto es la utilización del agua para el riego
  • El presupuesto inicial de la actuación no es inferior a 40.000€, IVA excluido
  • Presentas una sola solicitud por entidad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Aporta el certificado de compromiso para financiar el porcentaje del coste que no cubre la Diputación
  • Pon a disposición de la Diputación la infraestructura y los terrenos afectados por la obra
  • Hazte cargo de la obra una vez concluida y mantenla y consérvala durante su vida útil
  • Garantiza el corte del agua en las acequias cuando las obras lo requieran
  • Solicita la licencia de obras municipal y, si procede, el informe de compatibilidad urbanística
  • Da publicidad de la subvención recibida mediante cartel a pie de obra o anuncio en tu sede electrónica o redes
Cuándo
  • Abre: 11 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 31 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una comunidad de regantes con sede en la provincia de Alicante
  • Tu entidad de riego está legalmente constituida y adscrita a un Organismo de cuenca
  • Tu objeto es la utilización del agua para el riego en la provincia de Alicante
  • Quieres ejecutar obras que mejoren la eficiencia del uso del agua en regadío
  • El presupuesto inicial de tu actuación es de al menos 40.000€ sin IVA
  • Eres una persona física o una empresa, no una entidad de riego
  • Tu entidad no tiene sede en la provincia de Alicante
  • Solo quieres obras de reparación simple, conservación o mantenimiento
  • Buscas perforar pozos para captación de aguas subterráneas para regadío
  • Ya has presentado otra solicitud a esta misma convocatoria con tu entidad

Cuánto puedes recibir

No recibes dinero: es una subvención en especie, así que la propia Diputación contrata y ejecuta la obra por ti. La ayuda equivale al 80% del coste total de la actuación. Si el presupuesto inicial supera los 60.500€ con IVA, la subvención se calcula aplicando ese 80% solo sobre 60.500€, y el exceso corre íntegramente por cuenta de tu entidad. Además, la Diputación asume al 100% las asistencias técnicas de la ejecución.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación y los certificados exigidos según los modelos de los anexos

  2. Selecciona en el catálogo de trámites el procedimiento de subvenciones a entidades de riego

  3. Presenta la solicitud, firmada por la presidencia de tu entidad, en el Registro General a través de la sede electrónica de la Diputación

  4. Identifícate con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico para firmar

  5. Si la Diputación te lo requiere, subsana la solicitud en el plazo de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud general de subvención (Anexo I)
  • Certificado acreditativo de la adscripción al Organismo de cuenca, con copia de los estatutos u ordenanzas de la entidad
  • Certificado de la resolución o acuerdo por el que se solicita la subvención (Modelo 1)
  • Certificación de que no se dispone de otra ayuda o ingreso para la misma actividad, o indicación del importe y organismo que la concedió (Modelo 2)
  • Declaración responsable referente a los proyectos (Anexo IV)

Preguntas frecuentes

¿Recibe mi entidad el dinero directamente?
No. Es una subvención en especie: no hay pago en metálico. La Diputación contrata y ejecuta la obra y luego te la cede.
¿Puedo presentar más de una solicitud con mi entidad?
No. Cada entidad solo puede presentar una solicitud y no se subvenciona más de una por entidad.
¿Qué pasa si el coste de la obra supera el presupuesto previsto?
El incremento lo asumen la Diputación y tu entidad en proporción a su porcentaje inicial de participación; la parte que corresponda a la Diputación se considera ampliación de la subvención.
¿Puedo pedir esta ayuda para perforar un pozo?
No, las obras de captación de aguas subterráneas para regadío como la perforación de pozos quedan fuera, salvo cuando no sea posible reutilizar agua regenerada de depuradoras.
¿Cuándo sabré si me la han concedido?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de solicitudes.

Fuentes oficiales

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