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Ayudas Claras
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Ayudas a empresas agroalimentarias de Córdoba 2026

Hasta 4.000€ por beneficiario para empresas agroalimentarias de Córdoba

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Instituto Provincial de Desarrollo Económico de Córdoba para mejorar la comercialización de productos agroalimentarios
Para quién
Autónomos y pequeñas y medianas empresas del sector agroalimentario de la provincia de Córdoba
Cuánto
Hasta 4.000€ por beneficiario, con un mínimo de 500€ para la última ayuda concedida si se agota el crédito
Qué cubre
  • Comercialización por venta online y comercio electrónico
  • Diseño y mantenimiento de páginas web, marketing y publicidad de tus productos
  • Certificaciones de calidad o ecológicas, mejora de la presentación de productos y de la imagen de la empresa
Requisitos
  • Tu empresa pertenece al sector agroalimentario de la provincia de Córdoba
  • Eres persona física dada de alta en el RETA (o en una mutualidad alternativa) o persona jurídica de naturaleza privada
  • Tu empresa tiene la consideración de pyme y está legalmente constituida, sin estar disuelta ni en liquidación
  • Estás de alta en el Registro Censal en un epígrafe del IAE de actividad agroalimentaria, dentro de las agrupaciones 41 y 42 excepto el grupo 429
  • Tu actividad económica o tu domicilio fiscal está en un municipio o ELA de la provincia de Córdoba de menos de 50.000 habitantes
  • Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda, la Seguridad Social, IPRODECO y la Diputación de Córdoba
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las acciones subvencionadas durante el ejercicio 2026 (las facturas deben tener fecha de 2026)
  • Justifica la subvención presentando una memoria de actuación y la relación clasificada de gastos hasta el 31 de enero de 2027
  • Conserva las facturas y justificantes de pago mientras puedan ser objeto de comprobación y control
  • Indica en la publicidad de tus productos que está cofinanciada por IPRODECO - Sabor a Córdoba
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero y reintegra el importe si no cumples las condiciones
Cuándo
  • Abre: 10 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 24 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu empresa pertenece al sector agroalimentario de la provincia de Córdoba
  • Eres autónomo dado de alta en el RETA o persona jurídica privada
  • Tu empresa es una pyme (micro, pequeña o mediana)
  • Tu actividad o domicilio fiscal está en un municipio o ELA de Córdoba de menos de 50.000 habitantes
  • Estás dado de alta en un epígrafe del IAE de actividad agroalimentaria
  • Quieres mejorar la comercialización o distribución de tus productos en 2026
  • Tu empresa no es del sector agroalimentario
  • Tu actividad y domicilio fiscal están en un municipio de Córdoba de 50.000 habitantes o más
  • Tu empresa supera el tamaño de pyme
  • Estás dado de alta en el grupo 429 del IAE
  • Tienes deudas con Hacienda, la Seguridad Social, IPRODECO o la Diputación de Córdoba
  • Tu empresa está disuelta o en proceso de liquidación

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta 4.000€ por beneficiario para cubrir el coste de las acciones que presentes. Si las solicitudes aprobadas agotan el crédito, la última ayuda concedida puede ser menor, pero nunca inferior a 500€. El pago es del 100% por anticipado mediante transferencia bancaria, una vez se dicte la resolución de concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que cumples los requisitos y que tu actividad encaja entre las acciones subvencionables

  2. Reúne la documentación que acredita tu identidad, tu condición de empresa agroalimentaria y tu epígrafe del IAE

  3. Cumplimenta el formulario electrónico de la convocatoria Sabor a Córdoba y fírmalo electrónicamente

  4. Presenta una única solicitud por empresa de forma telemática a través de la sede electrónica de IPRODECO

Documentación necesaria

  • Solicitud mediante el formulario electrónico de la convocatoria, firmado electrónicamente
  • Documentación que acredita la constitución y la representación legal (escrituras y estatutos en personas jurídicas, o documentos equivalentes en comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica)
  • Informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social si eres autónomo, o certificado de la mutualidad alternativa al RETA
  • Documento oficial con los datos del epígrafe del IAE, el lugar de la actividad económica y el domicilio fiscal
  • Declaración responsable de otras ayudas, en su caso
  • Documento bancario con los datos de la cuenta para el pago, firmado por la entidad financiera

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si ya recibo otras subvenciones para lo mismo?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, públicos o privados. Eso sí, la suma de todas las ayudas no puede superar el coste del proyecto o actividad; si lo supera, deberás reintegrar el exceso.
¿Cuántas solicitudes puedo presentar?
Solo se admite una solicitud por empresa, presentada telemáticamente a través de la sede electrónica de IPRODECO. Si presentas varias dentro del plazo, solo se considera válida la última.
¿Cuándo y cómo cobro la subvención?
El abono es del 100% por anticipado mediante transferencia bancaria, una vez emitida la resolución de concesión y sin necesidad de constituir garantía.
¿Qué pasa si no justifico la ayuda correctamente?
Si no justificas la subvención o la justificación es insuficiente, procede la pérdida del derecho al cobro y el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas, con los intereses de demora correspondientes.

Fuentes oficiales

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