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Ayudas Claras
Ayudas Galicia Comercio y turismo
Comercio y turismo Galicia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Convenio para rehabilitar un albergue de peregrinos en Ourense

Ayuda directa para rehabilitar una vivienda como albergue de peregrinos en Xunqueira de Ambía

Lo que significa

Qué es
Ayuda directa de la Agencia de Turismo de Galicia para rehabilitar una vivienda como albergue de peregrinos
Para quién
La Fundación Bieito Ledo, propietaria del inmueble en Padroso, Xunqueira de Ambía (Ourense)
Cuánto
Aportación máxima de 105.000,00€ para la entidad beneficiaria
Qué cubre
  • El coste de realización de las obras de rehabilitación de la vivienda
  • Trabajos previos, saneamiento, estructura, cubierta y demás partidas de obra
Requisitos
  • Eres la propietaria del inmueble que se va a rehabilitar
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No tienes deudas pendientes de pago con la Administración autonómica
  • Presentas una declaración de no estar incursa en prohibiciones para ser beneficiaria
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar las obras de rehabilitación que son objeto del convenio
  • Justificar el gasto y la finalidad de la ayuda antes del 15 de diciembre de 2026
  • Colocar un cartel de obra visible que indique la colaboración de la Xunta de Galicia durante toda la ejecución
  • Incluir la marca Xacobeo 27 en la documentación y soportes del proyecto
  • Comunicar la obtención de otras ayudas o ingresos que financien la misma actividad
  • Aportar la información que requieran los órganos de fiscalización y control
Cuándo
  • Abre: 10 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: Consulta directamente con la administración

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres la Fundación Bieito Ledo, propietaria del inmueble de Padroso
  • Quieres rehabilitar esa vivienda como albergue de peregrinos del Camino
  • Vas a ejecutar la primera fase de las obras durante el año 2026
  • No eres la entidad firmante de este convenio de colaboración
  • Buscas una ayuda abierta a la que cualquiera pueda presentarse
  • Tu proyecto no es la rehabilitación de esta vivienda concreta en Padroso

Cuánto puedes recibir

La Agencia de Turismo de Galicia realiza una aportación por importe máximo de 105.000,00€. Esta aportación solo cubre el coste de realización de las obras, sin que la entidad obtenga beneficio. Se paga una vez presentada la documentación justificativa, aunque pueden hacerse pagos anticipados de hasta el 50% del importe.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Firma el convenio de colaboración con la Agencia de Turismo de Galicia

  2. Ejecuta las obras de rehabilitación de la vivienda

  3. Coloca el cartel de obra con la colaboración de la Xunta de Galicia

  4. Reúne las facturas y los documentos que acreditan los gastos realizados

  5. Presenta la documentación justificativa de forma electrónica en la sede electrónica de la Xunta de Galicia

Documentación necesaria

  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad
  • Facturas o documentos equivalentes y acreditación del pago
  • Relación de otros ingresos o subvenciones que financien la actividad
  • Certificaciones de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
  • Declaración responsable relativa al impuesto sobre el valor añadido
  • Reportaje fotográfico del estado previo y del resultado final de las obras

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo hay que ejecutar las obras y justificar la ayuda?
El plazo para realizar la ejecución del objeto del convenio y presentar la documentación justificativa va desde la formalización del convenio hasta el 15 de diciembre de 2026.
¿Se puede cobrar parte del dinero antes de justificar el gasto?
Sí. Pueden realizarse pagos anticipados de hasta el 50% del importe que aporta la Agencia. La suma de los pagos anticipados y a cuenta no superará el 80% del porcentaje de los pagos justificados.
¿Es compatible esta ayuda con otras subvenciones?
Sí. La aportación es compatible con otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que entre todas no superen el coste de la actividad.
¿Qué pasa si no se justifica todo el presupuesto previsto?
La cantidad máxima que aporta la Agencia se reduce en la misma proporción que la parte no justificada respecto del presupuesto total inicialmente previsto.

Fuentes oficiales

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