Subvenciones a municipios valencianos para actividades extraescolares
Subvención para municipios valencianos que organizan actividades extraescolares de 3 a 18 años
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Conselleria de Educación para que los municipios organicen actividades extraescolares y complementarias.
- Para quién
- Municipios de la Comunitat Valenciana con población escolar empadronada de entre 3 y 18 años.
- Cuánto
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- Cada municipio recibe una cantidad fija más una cantidad variable que depende de la población escolar y la renta del municipio.
El importe concedido no podrá ser superior a la ayuda solicitada.Parte Importe Cantidad fija 3.000€ para cada municipio que concurre Cantidad variable Según población de 3 a 18 años, renta del municipio y nº de solicitudes admitidas
- Cada municipio recibe una cantidad fija más una cantidad variable que depende de la población escolar y la renta del municipio.
- Qué cubre
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- Gastos corrientes y de funcionamiento directamente relacionados con las actividades
- Gastos de personal vinculado a las actividades extraescolares y complementarias
- Gastos de desplazamiento relacionados con las actividades (se excluyen restauración y alojamiento)
- Requisitos
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- Eres un municipio de la Comunitat Valenciana
- Tienes población empadronada con edad entre 3 y 18 años a fecha de publicación de la convocatoria
- Presentas la solicitud de forma telemática dentro del plazo establecido
- Las actividades se realizan entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Diseña y organiza un programa de actividades que garantice la inclusión y la igualdad de oportunidades
- Realiza las actividades subvencionadas entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
- Justifica documentalmente el destino de la subvención presentando memoria y cuenta justificativa
- Da la adecuada publicidad del carácter público de la financiación incluyendo el logotipo de la Generalitat Valenciana
- Comunica la obtención de otras ayudas que financien las mismas actividades
- Facilita la información de control que te requieran los órganos competentes
- Cuándo
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- Abre: 11 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 25 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres un municipio de la Comunitat Valenciana
- Tienes población empadronada con edad entre 3 y 18 años
- Vas a organizar actividades extraescolares o complementarias educativas, culturales o deportivas
- Quieres ofrecer actividades durante septiembre, junio y vacaciones para facilitar la conciliación familiar
- No eres un municipio de la Comunitat Valenciana
- No tienes población empadronada con edad entre 3 y 18 años
- Las actividades no se realizan entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
Cuánto puedes recibir
Cada municipio que concurre recibe una cantidad fija de 3.000€ más una cantidad variable. La parte variable se reparte según la población de 3 a 18 años empadronada, la renta media del municipio y el número de solicitudes admitidas. El importe concedido no podrá ser superior a la ayuda que solicitaste y se paga de forma anticipada.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Diseña el proyecto con la programación de actividades para el periodo entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
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Reúne la documentación: acuerdo del órgano municipal, declaración responsable y acreditación de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social
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Aprueba la solicitud por el órgano municipal competente y fírmala por el alcalde o presidente de la corporación
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Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica de la Conselleria de Educación dentro del plazo de diez días hábiles
Documentación necesaria
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener subvenciones
- Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Resolución o acuerdo del órgano municipal competente solicitando la ayuda
- Proyecto con la programación de actividades a realizar (objetivos, edades, temporización, presupuesto y carácter gratuito o no)
- Importe total solicitado, incluido en el proyecto de actividades