Subvención para alojamientos de turismo rural en Ciudad Real
Subvención del 50% para crear o mejorar alojamientos de turismo rural en Ciudad Real
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación de Ciudad Real para crear o mejorar alojamientos de turismo rural
- Para quién
- Autónomos, pymes, micropymes, comunidades de bienes y sociedades civiles titulares de alojamientos de turismo rural
- Cuánto
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- Hasta el 50% del coste de tu proyecto, con un tope por solicitante según la línea
Solo puedes pedir una ayuda por beneficiario y no puedes concurrir a las dos líneas con el mismo establecimiento.Línea Tope máximo por solicitante Línea A · creación de nuevos establecimientos 30.000,00€ Línea B · mejora de la calidad de establecimientos existentes 15.000,00€
- Hasta el 50% del coste de tu proyecto, con un tope por solicitante según la línea
- Qué cubre
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- Reformas y compra de equipamiento para crear un nuevo alojamiento o mejorar uno existente
- Obras de accesibilidad, mejora de accesos, climatización, ahorro energético y sostenibilidad
- Digitalización de la gestión, instalación de wifi y obtención o mantenimiento de marcas de calidad
- Requisitos
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- Eres autónomo, pyme, micropyme, comunidad de bienes o sociedad civil del sector turístico
- Tienes el domicilio social y fiscal en algún municipio de la provincia de Ciudad Real
- Eres titular de un alojamiento de turismo rural: casa rural, hotel rural, complejo de turismo rural o alojamiento rural singular
- El establecimiento está inscrito en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos de Castilla-La Mancha (solicitantes de la Línea B)
- No has sido sancionado por falta grave o muy grave en prevención de riesgos laborales en el último año
- No has sido sancionado por prácticas laborales discriminatorias
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actuación subvencionada entre el 16 de octubre de 2025 y el 15 de octubre de 2026
- Presenta la memoria y la cuenta justificativa en el plazo de un mes desde que termines la actuación
- Mantén la titularidad del establecimiento y su uso turístico durante al menos cinco años
- Destina el establecimiento a prestar servicio de alojamiento turístico en un municipio de la provincia
- Comunica a la Diputación cualquier otra ayuda o ingreso que recibas para la misma finalidad
- Coloca en lugar visible del establecimiento la placa indicativa de la financiación de la Diputación
- Cuándo
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- Abre: 4 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 3 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres autónomo, pyme o micropyme con domicilio social y fiscal en la provincia de Ciudad Real
- Quieres crear un nuevo alojamiento de turismo rural sobre una vivienda o de nueva planta
- Eres titular de una casa rural, hotel rural o complejo de turismo rural ya existente
- Quieres mejorar la calidad, accesibilidad o eficiencia energética de tu alojamiento rural
- Tu negocio turístico es una comunidad de bienes o sociedad civil de la provincia
- Tu empresa tiene 250 o más trabajadores
- El establecimiento o las inversiones no están en la provincia de Ciudad Real
- Tu negocio turístico no es casa rural, hotel rural, complejo de turismo rural ni alojamiento rural singular
- Quieres pedir las dos líneas de ayuda para el mismo establecimiento
- Las obras o gastos empezaron antes del 16 de octubre de 2025
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo el 50% del coste total del presupuesto de ejecución que presentes, justificado con facturas. La cantidad final se calcula aplicando ese porcentaje a los gastos que justifiques, con un límite máximo por beneficiario de 30.000€ en la Línea A (creación de nuevos establecimientos) y de 15.000€ en la Línea B (mejora de la calidad). Si no justificas todo el presupuesto inicial, la subvención se reduce de forma proporcional al gasto realizado.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu establecimiento entra en una de las dos líneas y elige solo una
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Reúne la documentación que exige la convocatoria y, si vas por la Línea B, el certificado de inscripción en el Registro de Establecimientos Turísticos
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Tramita la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de la Diputación con certificado electrónico
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Tras la concesión, ejecuta las actuaciones dentro del plazo y presenta la justificación con las facturas y los justificantes de pago
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud cumplimentado y firmado electrónicamente
- Certificado de inscripción en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos de Castilla-La Mancha (solicitantes de la Línea B)
- Informe de las cuentas de cotización del mes de la solicitud para acreditar el número de trabajadores (solicitantes de la Línea B)
- Estatutos y compromisos de ejecución asumidos por cada socio, con el importe de subvención de cada uno (comunidades de bienes y sociedades civiles)
- Identificación del representante con poderes para cumplir las obligaciones como beneficiario