Subvenciones a sindicatos no más representativos en Extremadura
Subvención para gastos corrientes de sindicatos con implantación en Extremadura
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Junta de Extremadura para los gastos corrientes de los sindicatos no más representativos
- Para quién
- Organizaciones sindicales con implantación en Extremadura que no son más representativas
- Cuánto
- El importe por sindicato no está fijado: se reparte entre los solicitantes según su número de representantes, con el límite de los gastos justificados. Consulta directamente con la administración.
- Qué cubre
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- Gastos de personal, incluidos seguros sociales y Seguridad Social
- Arrendamientos, IBI y suministros de luz, agua y teléfono de tus oficinas
- Gastos de representación ante organismos oficiales y de actividades formativas para trabajadores
- Requisitos
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- Eres una organización sindical con implantación en Extremadura
- No tienes la condición de organización sindical más representativa
- Cuentas con un certificado de representatividad de la Dirección General de Trabajo a 31 de diciembre del año anterior
- Tienes depositados tus estatutos en el registro correspondiente
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acredita que has realizado las actividades subvencionadas y que cumples los requisitos de la concesión
- Sométete a las comprobaciones y al control financiero de la Junta de Extremadura, la Intervención General y el Tribunal de Cuentas
- Comunica si recibes otras subvenciones para la misma finalidad, indicando sus importes
- Justifica los gastos antes del 15 de noviembre con una memoria detallada y las facturas correspondientes
- Cuándo
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- Abre: 3 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una organización sindical con implantación en Extremadura
- Tu sindicato no tiene la condición de más representativo
- Necesitas cubrir gastos corrientes de tu actividad sindical
- Tienes representantes obtenidos en elecciones a comités de empresa o juntas de personal
- Tu sindicato tiene la condición de más representativo
- No tienes implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Eres una organización matriz y una federación tuya ya solicita la ayuda por separado
Cuánto puedes recibir
No recibes una cantidad fija. El dinero disponible se reparte entre los sindicatos solicitantes en proporción al número de representantes que obtuviste en las elecciones a comités de empresa, delegados de personal y juntas de personal, con el límite máximo de los gastos que justifiques. El pago se hace de una sola vez, tras comprobar la documentación. Como el importe por sindicato no está especificado, consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el formulario de solicitud (Anexo I) y la documentación que se exige
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Firma la solicitud a través del representante legal del sindicato
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Presenta la solicitud en una oficina del registro único de Extremadura o de forma electrónica en la sede de la Junta
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Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de tres meses
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Justifica los gastos antes del 15 de noviembre con la memoria y las facturas
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada (Anexo I)
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario (Anexo II)
- Certificado de estar al corriente con Hacienda estatal, Hacienda autonómica y Seguridad Social, si no autorizas su comprobación de oficio
- Certificación del depósito de los estatutos del sindicato y del número de representantes obtenidos, si no autorizas su comprobación de oficio
- Copia auténtica del CIF del sindicato y del DNI del representante legal, con la documentación que acredite esa representación
- Indicación del número de cuenta bancaria dada de alta en el sistema de terceros de la Tesorería de la Junta de Extremadura