Programa Volveremos: ayudas al comercio minorista de Aragón
Subvención al comercio minorista aragonés por los saldos que los clientes usan al comprar
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Gobierno de Aragón al pequeño comercio minorista a través del programa Volveremos
- Para quién
- Pequeñas y medianas empresas con establecimientos minoristas abiertos al público en municipios de Aragón adheridos al programa
- Cuánto
- La subvención equivale a los saldos que tus clientes aplican como pago en sus compras en tu establecimiento. Consulta directamente con la administración el importe que te corresponde.
- Qué cubre
- Los saldos generados por las compras de tus clientes y usados como medio de pago en compras posteriores en tu tienda
- Requisitos
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- Ser una pyme con un establecimiento minorista abierto al público en un municipio de Aragón
- Adherirte o estar adherido al programa Volveremos
- Que tu actividad principal esté entre los epígrafes de comercio minorista admitidos
- No ser una gran empresa de distribución, ni un establecimiento no permanente, ni dedicarte solo a la venta electrónica
- No haber sido sancionado con sanción firme por la autoridad laboral por infracciones graves o muy graves
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Colocar el material publicitario del programa en un lugar visible de tu establecimiento
- Disponer de las herramientas tecnológicas necesarias para dar el servicio (móvil con internet y la aplicación)
- Otorgar y aplicar los saldos según las condiciones del programa, solo en las fechas y horas habilitadas
- Registrar y transmitir telemáticamente los tickets de ventas y devoluciones a través de la aplicación
- Conservar la documentación de las ventas que generaron saldos y de aquellas en que se aplicaron, y facilitarla cuando te la requieran
- Devolver las cantidades percibidas si incumples las condiciones del programa
- Cuándo
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- Abre: 29 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 31 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes una pyme con un establecimiento minorista abierto al público en Aragón
- Tu actividad principal está entre los epígrafes de comercio minorista admitidos
- Quieres adherirte al programa Volveremos para incentivar las compras en tu tienda
- Tu negocio está en un municipio aragonés adherido al programa
- Tu establecimiento pertenece a una gran empresa de distribución
- Tu establecimiento no es permanente
- Te dedicas exclusivamente a la venta electrónica
- Recibes otra ayuda pública para esta misma finalidad
Cuánto puedes recibir
No recibes una cantidad fija. La subvención que cobras equivale a los saldos que tus clientes generan con sus compras y luego aplican como medio de pago en nuevas compras en tu establecimiento. Una vez justificada la operación, la entidad colaboradora te transfiere ese importe mediante transferencia bancaria. Consulta directamente con la administración el importe que te corresponde.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu negocio cumple las condiciones para adherirte (pyme, comercio minorista en un municipio de Aragón)
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Cumplimenta el formulario de adhesión al programa Volveremos
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Aporta junto a la solicitud la documentación exigida
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Una vez adherido, recibe el material promocional y el acceso a las herramientas tecnológicas
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Registra y transmite los tickets de las ventas a través de la aplicación para que se compruebe y se abone la subvención
Documentación necesaria
- Acreditación de la identificación fiscal
- Certificado censal expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Certificado de titularidad bancaria
- Declaración responsable de que los datos de la solicitud son verdaderos y de que cumples la condición de pyme
- Declaración responsable actualizada de otras ayudas de mínimis concedidas en los tres años previos