Ayudas al relevo generacional de empresas en Baleares
Hasta el 80% del gasto, con un máximo de 12.000€ por beneficiario; plazo de tres meses.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio de Baleares para el relevo generacional de negocios.
- Para quién
- Autónomos y titulares de microempresas de comercio, servicios o industria que asumen o modernizan un negocio tras su transmisión.
- Cuánto
- Hasta el 80% del gasto subvencionable (IVA excluido), con un máximo de 8.000€ en el Programa I y de 6.000€ en el Programa II; hasta 12.000€ en total por beneficiario.
- Qué cubre
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- Programa I: servicios profesionales y gastos derivados de la transmisión de la propiedad del negocio
- Programa II: modernización digital del negocio (web, comercio electrónico, marketing digital y transformación del punto de venta)
- Requisitos
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- Ser autónomo o titular de una microempresa de menos de diez trabajadores y hasta dos millones de euros de volumen de negocio o balance
- Ejercer una actividad de comercio, servicios o industria dada de alta en el impuesto sobre actividades económicas
- El negocio debe tener una antigüedad de quince años o más y no haber cambiado su actividad
- La transmisión debe deberse a jubilación o defunción del titular, o al riesgo de desaparición de la actividad
- El negocio debe tener un establecimiento físico en las Illes Balears y desarrollar su actividad de forma presencial
- Estar al corriente con la Seguridad Social y con las obligaciones tributarias estatales y de las Illes Balears
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecutar y pagar las actuaciones subvencionables dentro del periodo entre el 1 de enero de 2025 y el 15 de septiembre de 2026
- Justificar la realización de la actividad con una memoria de actuación y una memoria económica de los gastos
- Aportar las facturas y los documentos bancarios que acrediten el pago de los gastos subvencionados
- Facilitar la documentación que se requiera en las actividades de comprobación, control y seguimiento
- Devolver la ayuda si se incumplen las condiciones o las obligaciones de la concesión
- Cuándo
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- Abre: 24 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 24 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres autónomo o titular de una microempresa de comercio, servicios o industria
- Has adquirido un negocio para asegurar su continuidad por relevo generacional
- El negocio tiene un establecimiento físico en las Illes Balears
- El negocio que asumes tiene una antigüedad de quince años o más
- Vas a modernizar digitalmente un negocio que ya ha pasado por un relevo
- El negocio tiene menos de quince años de antigüedad
- La empresa tiene diez o más trabajadores
- El negocio supera dos millones de euros de volumen de negocio o balance
- El establecimiento no está físicamente ubicado en las Illes Balears
- La transmisión no se debe a jubilación, defunción o riesgo de desaparición
Cuánto puedes recibir
Recibes hasta el 80% del gasto subvencionable, sin contar el IVA. En el Programa I (relevo) el tope es de 8.000€ y en el Programa II (modernización) de 6.000€. Puedes participar en ambos programas, pero la suma no puede superar los 12.000€ por beneficiario. La ayuda se paga una vez justificada la realización de la actividad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que acredita la transmisión, la antigüedad y la actividad del negocio
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Cumplimenta el modelo de solicitud y declaración responsable y la memoria explicativa del proyecto
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Presenta la solicitud dirigida al consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el registro de la consejería o por medios electrónicos
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Espera la valoración de la comisión evaluadora y la resolución de concesión
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Justifica los gastos y solicita el pago aportando las facturas y los documentos de pago
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud y declaración responsable (Anexo 2)
- Memoria explicativa del proyecto (Anexo 3)
- Contrato, escritura pública o documento jurídico que acredite la transmisión de la propiedad del negocio
- Presupuestos o facturas proforma de las actuaciones pendientes, o facturas de los gastos ya realizados
- En el caso de empresas, escritura de constitución y documento que acredite la representación
- Documentación que acredite el motivo de la transmisión (certificado de jubilación, certificado de defunción o documentación del riesgo de desaparición)
- Documentación que acredite la antigüedad del negocio y la actividad presencial en un establecimiento físico