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Ayudas Claras
Subvenciones Castilla y León Cultura
Cultura Castilla y León Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a federaciones deportivas de Castilla y León

Subvención directa a federaciones deportivas de Castilla y León para el escolar 2026

Lo que significa

Qué es
Subvención de concesión directa de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte a federaciones deportivas de Castilla y León
Para quién
Federaciones deportivas de Castilla y León que llevan sus expediciones a los Campeonatos de España en edad escolar
Cuánto
  • Importe fijo asignado a cada federación beneficiaria
    FederaciónImporte
    Ajedrez6.290,00€
    Atletismo11.980,00€
    Bádminton9.210,00€
    Baloncesto36.253,60€
    Balonmano51.760,00€
    Boxeo11.350,00€
    Ciclismo14.412,00€
    Deporte adaptado2.098,00€
    Deportes de invierno3.910,00€
    Deportes de montaña, escalada y senderismo5.558,00€
    Gimnasia4.000,00€
    Golf1.510,00€
    Judo y deportes asociados13.095,72€
    Natación4.982,22€
    Orientación8.360,00€
    Pelota3.065,00€
    Piragüismo7.000,00€
    Rugby8.000,00€
    Taekwondo y hapkido7.100,00€
    Tenis de mesa7.560,00€
    Tiro con arco3.500,00€
    Triatlón y pentatlón moderno8.955,00€
    Voleibol26.085,00€
    La subvención se liquida según el número de participantes cuyos gastos se acrediten, con el límite del importe inicialmente concedido.
Qué cubre
  • Gastos de alojamiento y manutención de la expedición
  • Gastos de transporte, incluidas las comidas en ruta del primer y último día de viaje
Requisitos
  • Ser una federación deportiva de Castilla y León incluida en el acuerdo
  • Participar con tu expedición en los Campeonatos de España en edad escolar 2026
  • Que los gastos se hayan abonado directamente al prestador de los servicios o al organizador de la competición
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Aceptar la subvención en el plazo que fije la resolución, nunca superior a 30 días desde su notificación
  • Ejecutar las actividades subvencionadas entre el 1 de enero y el 15 de agosto de 2026
  • Justificar la subvención en los 20 días naturales siguientes a la finalización de cada campeonato
  • Presentar memoria de la actuación deportiva y memoria económica con la relación de gastos y los justificantes
  • Mostrar la colaboración de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte en la difusión de las actividades
Cuándo
  • Abre: 22 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: Consulta directamente con la administración

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una federación deportiva de Castilla y León
  • Tu federación participa en los Campeonatos de España en edad escolar 2026
  • Tu federación figura entre las 23 entidades beneficiarias del acuerdo
  • Asumes gastos de alojamiento, manutención y transporte de tu expedición
  • No eres una federación deportiva de Castilla y León
  • Tu federación no aparece en el listado de beneficiarias del acuerdo
  • Buscas cubrir los gastos de árbitros o jueces
  • Tu expedición no asiste a los Campeonatos de España en edad escolar 2026

Cuánto puedes recibir

Tu federación recibe el importe fijo que le asigna el acuerdo, desde 1.510,00€ hasta 51.760,00€ según la entidad. La subvención se liquida en función del número de participantes cuyos gastos de alojamiento, manutención y transporte se acrediten, con el límite de la cantidad inicialmente concedida.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu federación figura entre las beneficiarias del acuerdo

  2. Acepta la subvención dentro del plazo que indique la resolución de concesión

  3. Reúne las facturas y justificantes de los gastos de alojamiento, manutención y transporte de la expedición

  4. Presenta la cuenta justificativa en los 20 días naturales siguientes a la finalización de cada campeonato

Documentación necesaria

  • Memoria de la actuación deportiva con la relación nominativa de las personas de la expedición y sus funciones
  • Memoria económica con la relación clasificada de gastos, su importe, fechas y desglose por persona y día
  • Justificantes de gasto (facturas o documentos equivalentes) por un importe igual o superior a la subvención concedida
  • Documentación que acredite el pago de la actividad subvencionada
  • Declaración responsable sobre otras subvenciones o recursos que hayan financiado la actividad
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Qué gastos puedo justificar con esta subvención?
Los gastos de alojamiento y manutención y los de transporte, incluidas las comidas en ruta del primer y último día de viaje de la expedición. Quedan excluidos en todo caso los gastos de los árbitros o jueces.
¿Hay que solicitar la ayuda?
No. Es una concesión directa: las federaciones beneficiarias y sus importes ya están fijados en el acuerdo. La concesión se notifica y debes aceptarla en el plazo que indique la resolución.
¿Cuándo tengo que justificar la subvención?
En los 20 días naturales siguientes a la finalización de cada campeonato. Si el campeonato terminó antes de la concesión, se justifica en los 20 días naturales siguientes a la aceptación de la subvención.
¿Cobro el importe completo aunque acuda menos gente?
No necesariamente. La subvención se liquida según el número de participantes cuyos gastos se acrediten, con el límite del importe inicialmente concedido.

Fuentes oficiales

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