Ayudas a sindicatos de Baleares para mantener su estructura
Ayuda a sindicatos de Baleares para sus gastos de estructura, con un mínimo de 200€
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia de la Consejería de Trabajo de Baleares para que los sindicatos mantengan su estructura organizativa
- Para quién
- Sindicatos y organizaciones sindicales que actúan en las Illes Balears
- Cuánto
- Mínimo 200€ por sindicato, más una parte proporcional al número de representantes obtenidos
- Qué cubre
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- Gastos de personal, alquiler de sedes y suministros como luz, agua, teléfono o internet
- Reparación de instalaciones, servicios profesionales, seguros, publicidad y material de oficina
- Cuotas de suscripción a publicaciones e inscripción a actividades propias del sindicato
- Requisitos
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- Acreditar entre 10 y 120 representantes a 31 de diciembre de 2025 en las elecciones sindicales del ámbito de Baleares
- Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- No haber sido sancionado ni condenado en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo, género u orientación
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justificar que has aplicado los fondos a la finalidad de la ayuda
- Presentar una cuenta justificativa con la memoria de las actividades realizadas
- Aportar una relación numerada de los justificantes y copia de las facturas de los gastos
- Justificar gastos realizados entre el 1 de noviembre de 2025 y el 1 de octubre de 2026
- Cuándo
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- Abre: 1 de enero de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 31 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres un sindicato u organización sindical que actúa en Illes Balears
- Tienes entre 10 y 120 representantes a 31 de diciembre de 2025
- Quieres cubrir gastos de mantenimiento de tu estructura organizativa
- Estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Puedes presentar la solicitud de forma electrónica por tu representante legal
- Tienes menos de 10 o más de 120 representantes a 31 de diciembre de 2025
- Ya obtuviste la ayuda de la convocatoria sindical de febrero de 2026 en Baleares
- No actúas en el ámbito de las Illes Balears
- Has sido sancionado por prácticas laborales discriminatorias en los últimos tres años
Cuánto puedes recibir
Cada sindicato solicitante recibe una ayuda mínima de 200€. El resto del crédito se reparte de forma proporcional: se divide entre el total de representantes de todos los sindicatos con derecho a la ayuda y el resultado se multiplica por los representantes que acredita cada uno. El conjunto de las subvenciones no puede superar los 15.000€.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación y prepara el presupuesto detallado de los gastos previstos
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Presenta la solicitud de forma electrónica en la sede electrónica de la Administración, a través de tu representante legal
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Espera la resolución, que se notifica de forma electrónica en un plazo máximo de tres meses
Documentación necesaria
- Solicitud y declaración responsable según el modelo normalizado (Anexo 2)
- Documento que acredite la representación de quien actúa en nombre del sindicato
- Copia del documento constitutivo o de los estatutos inscritos, o certificado de inscripción registral
- Memoria de la actividad de la subvención y justificación de la necesidad
- Presupuesto detallado de los gastos previstos para el periodo subvencionable