Reavales del Estado para transporte de mercancías
Reaval público del 50% del aval bancario para autónomos y pymes del transporte por carretera
Lo que significa
- Qué es
- Reaval público gestionado por el ICO sobre los avales bancarios de autónomos y pymes del transporte de mercancías por carretera
- Para quién
- Autónomos y pequeñas y medianas empresas del sector del transporte de mercancías por carretera con domicilio fiscal en España
- Cuánto
- Reaval del 50% del aval bancario, con un límite máximo de 2.250.000€ por aval
- Qué cubre
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- El aval bancario de tu tarjeta de crédito de combustible
- Tanto avales ya existentes como nuevas operaciones o ampliaciones de avales
- Requisitos
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- Eres autónomo o pyme del transporte de mercancías por carretera con domicilio fiscal en España
- Tu aval bancario lo emite una entidad financiera supervisada por el Banco de España
- El aval cubre una tarjeta de crédito de combustible
- No estás sujeto a sanciones financieras internacionales ni tienes residencia fiscal en una jurisdicción no cooperativa
- Estás al corriente de pagos con la Seguridad Social y con Hacienda
- Estás al corriente del pago por reintegro de subvenciones o recuperación de ayudas
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- El reaval cubre como máximo un plazo de tres meses
- La operación se acoge al régimen de ayudas de minimis
- Si formas parte de un grupo de empresas, las condiciones deben cumplirse también en el grupo
- Cuándo
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- Abre: 29 de abril de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres autónomo del transporte de mercancías por carretera
- Tu pyme del transporte tiene domicilio fiscal en España
- Usas una tarjeta de crédito de combustible que exige un aval bancario
- Necesitas renovar o ampliar el aval bancario de tu tarjeta de combustible
- Tu entidad financiera está supervisada por el Banco de España
- Tu actividad no es el transporte de mercancías por carretera
- Tu empresa no tiene la consideración de pequeña o mediana empresa
- Tu empresa no tiene domicilio fiscal en España
- Estás sujeto a sanciones financieras internacionales
- No estás al corriente de pagos con la Seguridad Social y Hacienda
Cuánto puedes recibir
El reaval público cubre el 50% del aval bancario que respalda tu tarjeta de combustible, con un límite máximo de 2.250.000€ por aval. No recibes dinero directamente: el reaval refuerza la garantía de tu aval bancario para que puedas seguir accediendo al combustible. El plazo máximo de cobertura del reaval es de tres meses.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Solicita a tu entidad financiera el aval bancario para tu tarjeta de crédito de combustible
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Comprueba que tu entidad financiera está adherida a esta línea de reavales con el ICO
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La entidad financiera comunica la operación al ICO y solicita el reaval