Avales ICO para empresas afectadas por temporales
Aval del ICO que cubre el 80% de la financiación para empresas y autónomos afectados
Lo que significa
- Qué es
- Aval público gestionado por el ICO que respalda la financiación bancaria de empresas y autónomos afectados por temporales
- Para quién
- Empresas y autónomos de los municipios de Andalucía y Extremadura afectados por los temporales
- Cuánto
- El aval cubre el 80% del capital de la operación, con un máximo de 12.500.000€ de financiación por empresa
- Qué cubre
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- Préstamos, leasing, renting o confirming para renovar o ampliar tu negocio
- Financiación para reconvertir tu actividad económica
- Capital circulante ligado a las inversiones que hagas
- Requisitos
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- Estar empadronado o tener tu centro de trabajo, domicilio o establecimiento en un municipio afectado
- Haber tenido actividad productiva antes del 9 de febrero de 2026 en esa zona
- Haber desarrollado esa actividad durante el año anterior
- Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y Hacienda
- No estar en concurso de acreedores ni en liquidación
- No ser una empresa en crisis ni figurar en situación de morosidad
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destinar la financiación avalada a nuevas inversiones o circulante, no a refinanciar deudas previas
- Mantener las inversiones financiadas en uno de tus establecimientos del municipio afectado durante toda la operación
- No aportar como prestatarios a personas que no sean elegibles
- Cuándo
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- Abre: 31 de marzo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres autónomo con actividad en una zona afectada por los temporales
- Tu empresa tiene su domicilio o establecimiento en un municipio afectado
- Estabas empadronado o tenías tu centro de trabajo en la zona afectada
- Tu actividad productiva ya existía antes del 9 de febrero de 2026
- Necesitas financiación bancaria para reconvertir o renovar tu negocio
- Tu empresa pertenece al sector financiero o al de seguros
- Tu negocio no estaba en uno de los municipios afectados determinados
- Quieres refinanciar o ampliar un préstamo que ya tenías
- Estás en concurso de acreedores o en liquidación
- Tienes deudas pendientes con Hacienda o la Seguridad Social
Cuánto puedes recibir
El aval respalda el 80% del capital de la operación que firmes con tu banco; el resto del riesgo lo asume la entidad. La financiación avalada no puede superar los 12.500.000€ por empresa. El plazo llega hasta 5 años para circulante y hasta 7 años para renovación e inversiones (hasta 10 años en el sector agrícola). El aval no tiene coste y el banco no te cobra comisiones de apertura ni de reembolso.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu negocio está en uno de los municipios afectados determinados
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Acude a una entidad financiera adherida a esta línea de avales del ICO
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Solicita la financiación para tu inversión, reconversión o circulante
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La entidad decide la concesión según sus políticas de riesgo y tramita el aval con el ICO