Avales ICO para empresas y autónomos en Andalucía y Extremadura
Aval del Estado que cubre el 80% de la financiación, con tope de 12.500.000€ por empresa.
Lo que significa
- Qué es
- Línea de avales del Estado, gestionada por el ICO, que respalda la financiación para empresas y autónomos afectados.
- Para quién
- Empresas y autónomos de municipios afectados de Andalucía y Extremadura que ya ejercían su actividad económica.
- Cuánto
- El aval cubre el 80% del principal de la operación, con un tope de 12.500.000€ por empresa.
- Qué cubre
-
- Préstamos, leasing, renting o confirming para renovar activos o ampliar y diversificar el negocio
- Financiación de la reconversión de tu actividad económica
- Capital circulante para mercaderías relacionadas con las inversiones realizadas
- Requisitos
-
- Estar empadronado o tener centro de trabajo, domicilio o establecimiento en un municipio afectado
- Acreditar actividad productiva antes del 9 de febrero de 2026 y durante el año anterior
- Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con Hacienda
- No tener la consideración de empresa en crisis ni estar en concurso de acreedores
- No figurar como moroso en los ficheros de riesgos del Banco de España
- No pertenecer al sector financiero ni al de seguros
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Destinar la financiación a una operación nueva, no a renovar o ampliar otra ya existente
- Mantener la inversión avalada vinculada a tu establecimiento durante toda la operación
- No usar la financiación para amortizar anticipadamente otras operaciones
- Cuándo
-
- Abre: 31 de marzo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres autónomo y trabajas en un municipio afectado de Andalucía o Extremadura
- Tienes una empresa con centro de trabajo o domicilio en esos municipios
- Tu negocio ya tenía actividad antes del 9 de febrero de 2026
- Necesitas financiación nueva para reconvertir o renovar tu actividad
- Quieres un aval público que respalde un préstamo, leasing, renting o confirming
- Tu empresa pertenece al sector financiero o asegurador
- Tu empresa está en crisis o en concurso de acreedores
- No estás al corriente de pagos con Hacienda o la Seguridad Social
- Figuras como moroso en los ficheros de riesgos del Banco de España
- Quieres refinanciar o ampliar una operación que ya tienes en marcha
Cuánto puedes recibir
El aval del Estado cubre el 80% del capital principal de la operación de financiación, solo el capital y no los intereses ni las comisiones. La financiación avalada no puede superar los 12.500.000€ por empresa. El aval no tiene coste para ti y la entidad financiera no puede cobrarte comisiones de apertura ni de reembolso.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Comprueba que tu empresa o actividad está en un municipio afectado de los determinados
-
Acude a una entidad financiera supervisada por el Banco de España adherida a la línea
-
Solicita la operación de financiación que necesites para tu inversión o circulante
-
Espera a que la entidad apruebe la operación conforme a sus políticas de riesgo y solicite el aval al ICO