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Ayudas Claras
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Comercio y turismo España Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Reafianzamiento de avales para pymes ante su SGR

Respaldo a los avales que tu SGR concede a tu pyme para facilitar su financiación

Lo que significa

Qué es
Programa de la Compañía Española de Reafianzamiento que respalda los avales que las sociedades de garantía recíproca dan a las pymes
Para quién
Pequeñas y medianas empresas y, en algunos casos, grandes empresas que cumplan las condiciones, avaladas por una sociedad de garantía recíproca
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
Parte del riesgo de los avales que tu sociedad de garantía recíproca concede frente a entidades de crédito, administraciones, proveedores, clientes y otros acreedores
Requisitos
  • Ser una pyme o una gran empresa elegible avalada por una sociedad de garantía recíproca
  • Que tu operación se haya formalizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • No operar en los sectores excluidos (inmobiliario, carbón, financiero, juego, tabaco, alquiler turístico ni pesca para inversión en flota)
  • No encontrarte en situación de empresa en crisis al formalizar la operación
Obligaciones
  • Presentar la declaración de ayudas públicas recibidas por tu empresa
  • Presentar la declaración de no causar perjuicio significativo al medio ambiente
  • Informar de cualquier otra ayuda recibida para comprobar que no superas los límites permitidos
  • Comunicar cualquier variación en los datos facilitados
Cuándo
  • Abre: 1 de enero de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 31 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una pequeña o mediana empresa que necesita un aval para financiarte
  • Quieres que una sociedad de garantía recíproca avale tu operación de crédito
  • Eres una gran empresa que cumple las condiciones de elegibilidad del programa
  • Tu financiación es una línea de crédito de entre 12 meses y 5 años
  • Tu empresa opera en el sector inmobiliario
  • Tu empresa opera en el sector del carbón, financiero, del juego o del tabaco
  • Eres una empresa pesquera y la financiación es para invertir en flota
  • Tu actividad es el alquiler turístico
  • Tu empresa se encuentra en situación de crisis

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. El programa no te entrega dinero: respalda parte del riesgo del aval que tu sociedad de garantía recíproca concede para tu operación de financiación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Acude a una sociedad de garantía recíproca para que avale tu operación de financiación

  2. Reúne las declaraciones de ayudas públicas y de no causar perjuicio significativo al medio ambiente

  3. Entrega a tu sociedad de garantía recíproca la documentación firmada y completa

Documentación necesaria

  • Declaración de ayudas públicas recibidas por la empresa avalada (Anexo I)
  • Declaración de no causar perjuicio significativo al medio ambiente y otros compromisos (Anexo II)

Preguntas frecuentes

¿Tengo que solicitar yo este reafianzamiento directamente?
No. El respaldo se gestiona entre la Compañía Española de Reafianzamiento y tu sociedad de garantía recíproca. Tú acudes a la sociedad de garantía recíproca para conseguir el aval de tu operación.
¿Mi empresa puede acceder si está en crisis?
No. Quedan excluidas las empresas que se encuentren en situación de crisis en el momento de formalizar la operación.
¿Qué tipo de financiación puede cubrirse como línea de crédito?
Las líneas de crédito deben tener un plazo mínimo de 12 meses y máximo de 5 años. Se incluyen, entre otras, el descuento comercial, el factoring con recurso y el confirming, pero no el factoring sin recurso.

Fuentes oficiales

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