Financiación ICO para pymes afectadas por aranceles
Financiación para pymes afectadas por los aranceles, hasta el 1 de julio de 2026
Lo que significa
- Qué es
- Línea de financiación del ICO, con un tramo a fondo perdido, para pymes afectadas por los cambios arancelarios mundiales
- Para quién
- Sociedades mercantiles que sean pequeñas o medianas empresas, exportadoras o importadoras, con sede o actividad en España
- Cuánto
- Tramo a fondo perdido de hasta el 30% del valor nominal de la operación, con un tope máximo de 200.000€ por operación, más la bonificación del tipo de interés
- Qué cubre
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- Ampliación y renovación de instalaciones, maquinaria y equipos
- Adquisición o elaboración propia de activos intangibles (marcas, patentes, software, formación o prospección de mercados)
- Incremento del capital circulante por un importe no superior al 30% del proyecto de inversión financiado
- Requisitos
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- Eres una sociedad mercantil con domicilio social o actividad en España y al menos 4 años de antigüedad
- Cumples las condiciones de pequeña o mediana empresa
- Tienes tus cuentas anuales sometidas a la revisión de un auditor en los dos últimos ejercicios cerrados
- Tu actividad exterior supera el 5% de tu cifra de negocio del año anterior, o eres proveedor relevante de empresas expuestas
- No figuras en situación de morosidad en los ficheros del Banco de España al solicitar y formalizar la operación
- Tu empresa no está en situación de crisis a fecha de cierre del último ejercicio
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica ante el ICO el cumplimiento de los requisitos y condiciones de la financiación
- Cumple la normativa de prevención de blanqueo de capitales, lucha contra el terrorismo y fraude fiscal
- Sométete a las actuaciones de comprobación del ICO y otros órganos de control nacionales y europeos
- Mantén los libros contables y registros debidamente auditados
- Conserva durante 10 años los documentos justificativos del uso de los fondos
- Desarrolla el proyecto según el plan de negocio presentado y no deslocalices la actividad fuera de España
- Cuándo
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- Abre: 9 de febrero de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una sociedad mercantil con sede o actividad en España
- Tu empresa tiene al menos 4 años de antigüedad
- Cumples las condiciones de pequeña o mediana empresa
- Tu actividad exterior supera el 5% de tu cifra de negocio del año anterior
- Eres proveedor relevante de empresas expuestas al cambio arancelario
- Quieres financiar inversión en instalaciones, maquinaria o activos intangibles
- Eres una entidad de derecho público, universidad pública u organismo autónomo
- Tu empresa está participada mayoritariamente por una administración pública
- Tu actividad principal es el sector financiero, seguros o banca
- Tu empresa está en crisis a fecha de cierre del último ejercicio
- Figuras en situación de morosidad en los ficheros del Banco de España
- Tu actividad es casinos, medios de comunicación, pornografía o armas letales
Cuánto puedes recibir
Recibes un tramo a fondo perdido de hasta el 30% del valor nominal de la operación, con un tope máximo de 200.000€ por operación. Además, el tipo de interés del préstamo se bonifica con una rebaja de 100 puntos básicos sobre el tipo de mercado. A las operaciones se les aplica una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe formalizado.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria técnica y las declaraciones responsables que acreditan que cumples los requisitos
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Rellena el formulario electrónico de solicitud disponible en la web del ICO
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Identifícate con el sistema CL@VE o firma electrónica admitida y presenta la solicitud online
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Si el ICO te lo requiere, subsana la falta o aporta los documentos en cinco días hábiles
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud firmado digitalmente por el representante de la empresa (Anexo III)
- Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario (Anexo II)
- Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa de ayudas de estado (Anexo IV)
- Cuentas anuales formuladas o provisionales del último ejercicio, si aún no las has depositado
- Memoria Técnica de la solicitud