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Ayudas Claras
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Económico España Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Financiación ICO para empresas exportadoras e importadoras

Préstamo ICO con tramo a fondo perdido de hasta 200.000€ por operación.

Lo que significa

Qué es
Línea de financiación del ICO, por orden de solicitud, para empresas afectadas por los cambios arancelarios mundiales.
Para quién
Pequeñas y medianas empresas españolas importadoras o exportadoras.
Cuánto
Préstamo con un tramo a fondo perdido de hasta el 30% del valor nominal de la operación, con un tope máximo de 200.000€ por operación.
Qué cubre
  • Ampliación y renovación de instalaciones, maquinaria y equipos
  • Adquisición de activos intangibles como marcas, patentes, software o prospección de nuevos mercados
  • Capital circulante, hasta el 30% del proyecto de inversión financiado
Requisitos
  • Ser una pequeña o mediana empresa con domicilio social o actividad en España
  • Tener una antigüedad mínima de 4 años
  • Estar obligada a auditar tus cuentas o haberlas sometido voluntariamente a auditor en los dos últimos ejercicios
  • Ser empresa exportadora o importadora afectada por los cambios arancelarios: tu actividad exterior supera el 5% de tu cifra de negocio del año anterior
  • No figurar en situación de morosidad en las consultas del Banco de España
  • No estar en situación de empresa en crisis al cierre del último ejercicio
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justificar ante el ICO el cumplimiento de los requisitos y condiciones de la financiación
  • Desarrollar el proyecto financiado según el plan de negocio presentado y comunicar cualquier cambio
  • No deslocalizar la actividad productiva fuera del territorio nacional
  • Cumplir las normas de prevención de blanqueo de capitales y lucha contra el fraude fiscal
  • Someterte a las comprobaciones del ICO, la Intervención General del Estado y el Tribunal de Cuentas
  • Conservar durante 10 años los documentos justificativos del uso de los fondos
Cuándo
  • Abre: 9 de febrero de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu empresa es una pequeña o mediana empresa con domicilio o actividad en España
  • Llevas al menos 4 años de antigüedad como empresa
  • Tu actividad exterior supera el 5% de tu cifra de negocio del año anterior
  • Te has visto afectado por los cambios en el entorno arancelario mundial
  • Quieres financiar inversión en maquinaria, instalaciones o activos intangibles
  • Eres una entidad de derecho público, universidad pública u organismo autónomo
  • Más de la mitad de tu capital social pertenece a una Administración pública
  • Tu empresa estaba en crisis al cierre del último ejercicio
  • Figuras en situación de morosidad en las fechas de solicitud y formalización
  • Concentras tu actividad en el sector financiero, seguros o servicios bancarios

Cuánto puedes recibir

Recibes un préstamo del ICO que incluye un tramo a fondo perdido de hasta el 30% del valor nominal de la operación, con un tope máximo de 200.000€ por operación. Además, el tipo de interés del préstamo se rebaja en 100 puntos básicos respecto al tipo de mercado. Se aplica una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe formalizado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria técnica y el plan de negocio de tu proyecto

  2. Cumplimenta el formulario de solicitud y las declaraciones responsables

  3. Presenta la solicitud online a través de la sede electrónica del ICO con firma y registro electrónico

  4. Identifícate con el sistema CL@VE o un certificado de firma electrónica admitido

  5. Si te lo requieren, aporta la documentación que falte en el plazo de cinco días hábiles

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud (Anexo III)
  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario (Anexo II)
  • Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa de ayudas de estado (Anexo IV)
  • Cuentas anuales del último ejercicio cerrado, si todavía no las has depositado
  • Memoria técnica de la solicitud
  • Declaración responsable de exposición significativa, directa o indirecta, a los cambios arancelarios

Preguntas frecuentes

¿En qué orden se conceden las ayudas?
Las solicitudes se atienden por orden de presentación, sin comparar unas con otras, hasta agotar el presupuesto previsto en la línea.
¿Qué pasa si no aporto toda la documentación al solicitar?
El ICO te requerirá para que subsanes la falta en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la notificación; si no lo haces, se te tendrá por desistido.
¿Puedo volver a solicitar si me deniegan la financiación?
Sí. Una vez inadmitida o desestimada una solicitud, puedes presentar otra para un proyecto distinto o para el mismo una vez subsanados los defectos advertidos.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
Puedes presentar solicitudes hasta el 1 de julio de 2026 o hasta que se agote el presupuesto de la línea, lo que ocurra antes.

Fuentes oficiales

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