Financiación ICO para empresas exportadoras e importadoras
Préstamo ICO con tramo a fondo perdido de hasta 200.000€ por operación.
Lo que significa
- Qué es
- Línea de financiación del ICO, por orden de solicitud, para empresas afectadas por los cambios arancelarios mundiales.
- Para quién
- Pequeñas y medianas empresas españolas importadoras o exportadoras.
- Cuánto
- Préstamo con un tramo a fondo perdido de hasta el 30% del valor nominal de la operación, con un tope máximo de 200.000€ por operación.
- Qué cubre
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- Ampliación y renovación de instalaciones, maquinaria y equipos
- Adquisición de activos intangibles como marcas, patentes, software o prospección de nuevos mercados
- Capital circulante, hasta el 30% del proyecto de inversión financiado
- Requisitos
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- Ser una pequeña o mediana empresa con domicilio social o actividad en España
- Tener una antigüedad mínima de 4 años
- Estar obligada a auditar tus cuentas o haberlas sometido voluntariamente a auditor en los dos últimos ejercicios
- Ser empresa exportadora o importadora afectada por los cambios arancelarios: tu actividad exterior supera el 5% de tu cifra de negocio del año anterior
- No figurar en situación de morosidad en las consultas del Banco de España
- No estar en situación de empresa en crisis al cierre del último ejercicio
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justificar ante el ICO el cumplimiento de los requisitos y condiciones de la financiación
- Desarrollar el proyecto financiado según el plan de negocio presentado y comunicar cualquier cambio
- No deslocalizar la actividad productiva fuera del territorio nacional
- Cumplir las normas de prevención de blanqueo de capitales y lucha contra el fraude fiscal
- Someterte a las comprobaciones del ICO, la Intervención General del Estado y el Tribunal de Cuentas
- Conservar durante 10 años los documentos justificativos del uso de los fondos
- Cuándo
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- Abre: 9 de febrero de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu empresa es una pequeña o mediana empresa con domicilio o actividad en España
- Llevas al menos 4 años de antigüedad como empresa
- Tu actividad exterior supera el 5% de tu cifra de negocio del año anterior
- Te has visto afectado por los cambios en el entorno arancelario mundial
- Quieres financiar inversión en maquinaria, instalaciones o activos intangibles
- Eres una entidad de derecho público, universidad pública u organismo autónomo
- Más de la mitad de tu capital social pertenece a una Administración pública
- Tu empresa estaba en crisis al cierre del último ejercicio
- Figuras en situación de morosidad en las fechas de solicitud y formalización
- Concentras tu actividad en el sector financiero, seguros o servicios bancarios
Cuánto puedes recibir
Recibes un préstamo del ICO que incluye un tramo a fondo perdido de hasta el 30% del valor nominal de la operación, con un tope máximo de 200.000€ por operación. Además, el tipo de interés del préstamo se rebaja en 100 puntos básicos respecto al tipo de mercado. Se aplica una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe formalizado.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria técnica y el plan de negocio de tu proyecto
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Cumplimenta el formulario de solicitud y las declaraciones responsables
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Presenta la solicitud online a través de la sede electrónica del ICO con firma y registro electrónico
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Identifícate con el sistema CL@VE o un certificado de firma electrónica admitido
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Si te lo requieren, aporta la documentación que falte en el plazo de cinco días hábiles
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud (Anexo III)
- Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario (Anexo II)
- Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa de ayudas de estado (Anexo IV)
- Cuentas anuales del último ejercicio cerrado, si todavía no las has depositado
- Memoria técnica de la solicitud
- Declaración responsable de exposición significativa, directa o indirecta, a los cambios arancelarios