Financiación ICO para pymes afectadas por aranceles
Financiación con tramo a fondo perdido de hasta 200.000€ por operación, hasta el 1 de julio de 2026.
Lo que significa
- Qué es
- Línea de financiación de concesión directa del Instituto de Crédito Oficial para pymes afectadas por los cambios arancelarios mundiales.
- Para quién
- Pequeñas y medianas empresas exportadoras o importadoras con domicilio o actividad en España.
- Cuánto
- Tramo a fondo perdido de hasta el 30% del valor nominal de la operación, con un tope máximo de 200.000€ por operación, más una rebaja de 100 puntos básicos sobre el tipo de interés de mercado.
- Qué cubre
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- Ampliación y renovación de instalaciones, maquinaria y equipos
- Adquisición o elaboración propia de activos intangibles, como software, patentes o prospección de nuevos mercados
- Capital circulante ligado a la explotación, hasta el 30% del proyecto de inversión financiado
- Requisitos
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- Ser una pequeña o mediana empresa con domicilio social o actividad en España
- Tener una antigüedad mínima de 4 años
- Estar sujeto a auditoría de cuentas en los dos últimos ejercicios, o haberlas auditado voluntariamente, o aportar el aval indicado en la convocatoria
- Ser una empresa exportadora o importadora afectada, directa o indirectamente, por los cambios en el entorno arancelario mundial
- Tener una actividad exterior superior al 5% de la cifra de negocios del año anterior si la exposición es directa
- No estar en situación de empresa en crisis al cierre del último ejercicio
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justificar ante el Instituto de Crédito Oficial el cumplimiento de los requisitos y condiciones de la financiación
- Cumplir las normas de prevención de blanqueo de capitales, lucha contra el terrorismo y fraude fiscal
- Someterte a las actuaciones de comprobación y control de los organismos competentes y aportar la información requerida
- Conservar durante 10 años, desde el vencimiento del préstamo, los documentos justificativos del uso de los fondos
- Desarrollar el proyecto financiado según el plan de negocio presentado y comunicar cualquier cambio
- No deslocalizar la actividad productiva de la empresa fuera del territorio nacional
- Cuándo
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- Abre: 9 de febrero de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una pyme con domicilio social o actividad en España
- Tu empresa tiene al menos 4 años de antigüedad
- Eres una empresa exportadora o importadora afectada por los cambios arancelarios
- Tu actividad exterior supera el 5% de tu cifra de negocios del año anterior
- Quieres financiar inversión en activos materiales o inmateriales
- Necesitas reforzar el capital circulante ligado a un proyecto de inversión
- Eres una entidad de derecho público, universidad pública o empresa pública
- Tu empresa estaba en crisis al cierre del último ejercicio
- Figuras en situación de morosidad en la consulta a la Central de Información de Riesgos del Banco de España
- Tu empresa concentra su actividad en banca, seguros o intermediación financiera
- Operas en pornografía, prostitución, casinos o medios de comunicación social
- Tu matriz está domiciliada en una jurisdicción no cooperativa en materia fiscal
Cuánto puedes recibir
Recibes un préstamo con un tramo a fondo perdido de hasta el 30% del valor nominal de la operación, que no podrá superar los 200.000€ por operación. Además, el tipo de interés que pagas tiene una rebaja de 100 puntos básicos sobre el tipo de interés de mercado. A la financiación se le aplica una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe formalizado.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación: impreso de solicitud, declaraciones responsables, cuentas anuales y memoria técnica
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Cumplimenta el formulario electrónico en la sede del organismo y autentícate con un sistema de firma electrónica admitido
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Presenta la solicitud online, lo que implica aceptar las condiciones de la convocatoria
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Si te lo requieren, subsana la documentación que falte en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación
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Espera el análisis de elegibilidad de tu empresa y del proyecto por parte del organismo
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud firmado digitalmente por el representante de la empresa (Anexo III)
- Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario (Anexo II)
- Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa de ayudas de Estado (Anexo IV)
- Cuentas anuales formuladas o provisionales del último ejercicio si aún no se han depositado
- Memoria técnica de la solicitud