Ayuda a entidades públicas por contratar jóvenes
Subvención a organismos públicos estatales por contratar jóvenes menores de 30 años desempleados.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Servicio Público de Empleo Estatal para que organismos públicos contraten jóvenes.
- Para quién
- Órganos de la Administración General del Estado, organismos públicos e instituciones del sector público estatal.
- Cuánto
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- La subvención salarial depende del grupo de cotización de cada persona contratada, más ayudas de desplazamiento y tutoría.
Las cuantías salariales cubren los costes por todos los conceptos durante los doce meses de contrato.Concepto Cuantía Salario · grupos de cotización 1 y 2 38.556€/año Salario · grupos de cotización 3 al 7 30.845€/año Salario · grupos de cotización 8 al 11 23.133€/año Ayuda al desplazamiento por persona 1.000€/año a tanto alzado Tutoría por tutor 215€/mes (máximo 3 meses)
- La subvención salarial depende del grupo de cotización de cada persona contratada, más ayudas de desplazamiento y tutoría.
- Qué cubre
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- Los costes salariales, por todos los conceptos, de los contratos de doce meses con las personas jóvenes
- La ayuda al desplazamiento cuando la persona contratada reside en provincia o isla distinta de donde trabaja
- La tutoría de la persona joven durante los tres primeros meses del contrato
- Requisitos
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- Eres un órgano de la Administración General del Estado, un organismo público o una institución del sector público estatal
- Contratas a personas jóvenes desempleadas menores de treinta años para una primera experiencia profesional de doce meses
- Contratas bajo la modalidad de contrato formativo para obtener la práctica profesional adecuada al nivel de estudios
- Las personas seleccionadas están inscritas como demandantes en los servicios públicos de empleo
- Presentas el proyecto que cumple la puntuación mínima de 20 puntos en la valoración
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Proporciona tutoría a la persona joven durante los tres primeros meses de la relación laboral
- Facilita a la persona joven información profesional, orientación o formación durante el contrato
- Cumple las obligaciones de prevención de riesgos laborales que te correspondan
- Justifica las actuaciones y los gastos en los tres meses siguientes a la finalización de las contrataciones
- Devuelve la parte proporcional de la subvención si el contrato no se completa
- Haz constar de forma visible que la actividad se financia con fondos del Servicio Público de Empleo Estatal
- Cuándo
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- Abre: 30 de julio de 2025 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: Consulta directamente con la administración
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres un órgano de la Administración General del Estado
- Eres un organismo público del sector público estatal
- Eres una institución que forma el sector público estatal
- Vas a contratar personas jóvenes menores de 30 años desempleadas
- Ofreces una primera experiencia profesional de doce meses
- Eres una empresa privada o un autónomo
- Eres una administración autonómica o local fuera del sector público estatal
- Eres una persona joven que busca el contrato (no es para ti como solicitante)
- El contrato que ofreces dura menos de doce meses
Cuánto puedes recibir
El importe que recibes por cada contrato depende del grupo de cotización de la persona: 38.556€ al año para los grupos 1 y 2, 30.845€ para los grupos 3 al 7 y 23.133€ para los grupos 8 al 11. A esto se añaden 1.000€ al año a tanto alzado por cada persona que resida en provincia o isla distinta de donde trabaja y 215€ al mes por tutor durante un máximo de tres meses. Una vez concedida la subvención, se te anticipa el cien por cien sin necesidad de garantías.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara la memoria del proyecto con el número de contratos, tareas, grupos de cotización y provincias
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Reúne la documentación acreditativa de poder y las certificaciones de cumplimiento de requisitos
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Presenta una solicitud para la subvención de costes salariales, que incluye la tutoría
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Presenta otra solicitud para la ayuda al desplazamiento desde la última contratación realizada
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Tramita todo por medios electrónicos en la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal
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Espera la resolución, que se notifica en un plazo de tres meses desde la publicación del extracto
Documentación necesaria
- Documentación acreditativa de poder suficiente y subsistente para representar a la entidad
- Certificaciones del cumplimiento de las condiciones de acceso a la subvención
- Memoria del proyecto con número de contratos, tareas, grupos de cotización, titulaciones, tutoría y provincia
- Declaración responsable incluida en la solicitud
- Relación de las personas contratadas con derecho a la ayuda al desplazamiento, con su provincia o isla de residencia