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Ayudas Claras
Subvenciones España Cultura
Cultura España Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a productoras de cine para largometrajes 2025

Subvención para empresas productoras de largometrajes, en dos procedimientos de selección

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Instituto de la Cinematografía para financiar la producción de largometrajes de cine.
Para quién
Empresas productoras de cine que van a producir un largometraje.
Cuánto
Hasta el 75% del coste reconocido en proyectos de especial valor cultural y artístico; ninguna empresa puede recibir más del 10% de la dotación.
Qué cubre
  • El coste de la producción del largometraje
  • En coproducciones con empresas extranjeras, solo la participación española
Requisitos
  • Eres una empresa productora y el proyecto tiene nacionalidad española o puede obtenerla
  • El coste reconocido del largometraje alcanza el mínimo exigido (1.300.000€ con carácter general, menos en documentales y coproducciones)
  • Acreditas que tienes garantizada al menos el 35% de la financiación del presupuesto
  • El proyecto acredita su carácter cultural mediante el certificado del organismo
  • El proyecto incluye subtitulado accesible y audiodescripción
  • Estás al corriente en el pago de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Inicia el rodaje y comunícalo antes de 6 meses desde el primer pago (9 meses en animación, documentales y coproducciones)
  • Comunica el final del rodaje y solicita la calificación en un máximo de 18 meses (36 meses en animación, documentales y coproducciones)
  • Mantén la titularidad de los derechos de la obra durante al menos tres años desde su calificación
  • Estrena el largometraje en el número mínimo de salas que corresponda según su coste reconocido
  • Acredita el 80% de la financiación del proyecto y el pago del 50% del guion antes del 31 de octubre de 2026
  • Incluye una memoria de las acciones medioambientales y de sostenibilidad del proyecto
Cuándo
  • Abre: 16 de julio de 2025 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: Consulta directamente con la administración

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una empresa productora de cine
  • Vas a producir un largometraje con nacionalidad española
  • Tu proyecto tiene un coste reconocido de al menos 1.300.000€
  • Produces un largometraje en coproducción con empresas extranjeras
  • Tu proyecto está dirigido exclusivamente por una directora
  • Vas a producir un largometraje de animación
  • Eres una persona física sin empresa productora
  • Tu proyecto ya obtuvo esta misma ayuda en un procedimiento anterior
  • Tu proyecto participa a la vez en las ayudas selectivas para largometrajes
  • Has presentado este proyecto en más de tres procedimientos de selección
  • El coste reconocido del largometraje no llega al mínimo exigido

Cuánto puedes recibir

La cuantía la fija el organismo tras valorar tu proyecto con su baremo. En proyectos de especial valor cultural y artístico la ayuda puede llegar hasta el 75% del coste reconocido, y ninguna empresa puede recibir más del 10% de la dotación. El pago se hace en dos veces: el 60% en 2025 tras la concesión y el 40% en 2026 cuando acreditas la financiación exigida.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el guion, la sinopsis, la memoria, el presupuesto y el plan de financiación del largometraje

  2. Presenta la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura

  3. Si te lo requieren, subsana los defectos de tu solicitud en el plazo de diez días

  4. Espera la valoración del proyecto y la resolución de concesión

Documentación necesaria

  • Guion y sinopsis de la película (o escaleta o argumento en documentales)
  • Memoria de la película, con memoria de dirección y de producción
  • Presupuesto de la película en el modelo oficial
  • Plan de trabajo con tiempo de rodaje y localizaciones
  • Ficha técnico-artística en el modelo oficial
  • Contrato o precontrato con la persona que dirige el proyecto
  • Contrato de coproducción cuando intervienen dos o más empresas
  • Plan de financiación que acredite al menos el 35% del presupuesto

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si mi proyecto ya recibió la ayuda general en otra convocatoria?
No. No pueden concurrir proyectos que en procedimientos anteriores ya obtuvieron esta ayuda general, salvo que la empresa renunciara expresamente a ella antes de cobrarla y antes de iniciarse el plazo de solicitudes.
¿Puedo presentar el mismo proyecto a las ayudas selectivas a la vez?
No. Las ayudas generales son incompatibles con las selectivas: dentro del mismo ejercicio un proyecto solo puede participar en una de las dos.
¿Cuántas veces puedo presentar el mismo proyecto?
Un mismo proyecto puede presentarse a un máximo de tres procedimientos de selección de esta línea de ayudas.
¿Qué pasa si no inicio el rodaje en el plazo previsto?
El incumplimiento de obligaciones como iniciar el rodaje en plazo da lugar al reintegro total de la subvención recibida, más el interés de demora desde el momento del pago.

Fuentes oficiales

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